REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barcelona
Barcelona, 1 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-006161
ASUNTO : BP01-P-2004-000600
Visto el escrito presentado por la Defensa de Confianza Dra. Lisbeth Figuera, actuando en su carácter de representante legal del acusado, JHOANNIER JOSE RODRIGUEZ plenamente identificado en la presente causa, en lo relativo a la Extensión de las Presentaciones; fundamentándose la Defensora en lo referente, que su defendido se encuentra sometido a un régimen de presentación de Ocho (8) dias, quien lo ha estado cumpliendo a cabalidad, que esta trabajando, tal como consta en Constancia de trabajo anexa, y que tiene que dejar solo el puesto de trabajo para acudir a dar cumplimiento a lo establecido por este Tribunal, es por ello que solicita se le amplíe el régimen de presentación.
Este Juzgado para decidir observa:
Se evidencia de las revisiones efectuadas al Sistema JURIS 2000, que el acusado ante mencionado, han cumplido cabalmente con el régimen de presentaciones impuesto por el Tribunal, en tal sentido se observa del comportamiento del acusado que desde que se encuentran en libertad, se ha mantenido sometido a la persecución penal, que se sigue en su contra no interrumpiendo la continuidad del proceso, es por el cual estima conveniente este Juzgador acordar lo solicitado, a los fines de garantizar su derecho al trabajo, en consecuencia extendiendo el Régimen de Presentaciones Periódicas, modificándolo de cada Ocho (8) días a Treinta (30) días, fundamentándose quien aquí decide para acordar tal pedimento. en aras de garantizar el derecho al Trabajo consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, Acuerda Extenderle el Lapso de Presentaciones al acusado JHOANNIER JOSE RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.930.420; modificándolo de cada Ocho (8) días a Treinta (30) días. Notifíquese a las partes. Líbrese el oficio al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, del Estado Anzoátegui, a los fines de participarle del presente pronunciamiento. CÚMPLASE.
LA JUEZ DE JUICIO Nº 02,
DRA. ROCIO RAMOS FLORES
LA SECRETARIA
ABOG. AIDA RAMOS