REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 7 de julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-002506
ASUNTO : BP01-P-2003-000183
Devuelto exhorto que en su oportunidad librara ésta Instancia Judicial al Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en la causa seguida en contra del penado KENNY JOSE PARUTA, titular de la cédula de identidad número 8.229.045, por la comisión de los delitos de Violación y Lesiones Personales Intencionales Menos Graves, previstos y sancionados en los artículos 375 y 415, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la victima ANA JASMIN CASA ESCOBAR; éste Juzgado de Ejecución Nro. 01 para decidir observa:
Se desprende del oficio de fecha 06-06-2.008, suscrito por el ciudadano LUIS ALBERTO GUTIERREZ, Director del Internado Judicial de Monagas (La Pica), que el penado KENNY JOSE PARUTA, titular de la cédula de identidad número 8.229.045, quien se encontraba recluido en ese Centro Carcelario, fue trasladado en fecha 13-10-2.007 hasta el Internado Judicial de Carúpano, Estado Sucre; en consecuencia, como quiera que corresponde la vigilancia y control del régimen penitenciario, al Juez de Ejecución del lugar de cumplimiento de pena, se acuerda conforme a los artículos 479, numeral 3, 481 y 486, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Exhortar al Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, a los fines que vigile el cumplimiento de la condena impuesta al ciudadano KENNY JOSE PARUTA, antes identificado y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a los artículos 479, numeral 3, 481 y 486, todos del Código Orgánico Procesal Penal, Se Exhorta al Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carupano, a los fines que vigile el cumplimiento de la condena impuesta al ciudadano KENNY JOSE PARUTA, titular de la cédula de identidad número 8.229.045, por la comisión de los delitos de Violación y Lesiones Personales Intencionales Menos Graves, previstos y sancionados en los artículos 375 y 415, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de la victima ANA JASMIN CASA ESCOBAR. Remítanse mediante oficio al referido Tribunal de Instancia copias certificadas de la Sentencia condenatoria; así como de la última Reformulación del Cómputo de Pena practicado en fecha 29-08-2.006, ello con el objeto de garantizar los Derechos Humanos y el Régimen Penitenciario Progresivo contemplado en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese. Regístrese.
EL JUEZ DE EJECUCION Nro: 01
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA
LA SECRETARIA
Abg. ELOISA MATUTE