REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 29 de julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-010446
ASUNTO : BP01-P-2006-010446
Revisada las actas que conforman el presente asunto, seguido en contra del ciudadano SAUL ANTONIO SIFONTES MAZA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.978.780, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, cometido en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA; este Juzgado de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui para decidir observa:
En fecha 07/03/2007, el Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Control Nº 04, DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano SAUL ANTONIO SIFONTES MAZA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 29/01/1973, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, titular de la cedula de identidad Nº V-12.978.740, hijo de los ciudadanos MANUEL SIFONTES Y BELTA ROSA MAZA, residenciado en Calle Las Mercedes, Sector El Tanque, Casa S/N, Valle Lindo, Puerto al Cruz, Estado Anzoátegui; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, cometido en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA; de conformidad con el artículo 318 en su ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, haciendo cesar la condición de imputado y las Medidas Cautelares otorgadas en fecha 29/12/2006.
Ahora bien, Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por el referido Tribunal de Instancia, éste Juzgado de Ejecución Nº 02 ejecuta el Sobreseimiento de la Causa. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nº 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano SAUL ANTONIO SIFONTES MAZA, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 29/01/1973, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, titular de la cedula de identidad Nº V-12.978.740, hijo de los ciudadanos MANUEL SIFONTES Y BELTA ROSA MAZA, residenciado en Calle Las Mercedes, Sector El Tanque, Casa S/N, Valle Lindo, Puerto al Cruz, Estado Anzoátegui; por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES, cometido en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA. Notifíquese al Fiscal de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Notifíquese al mencionado penado y a su Defensa. Remítanse oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y de Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, notificando la presente decisión. Igualmente, remítase la causa, en forma original, al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su archivo y cuido. Regístrese.
LA JUEZ DE EJECUCION N° 02
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ.
EL SECRETARIO,
ABG. HECTOR MUSSO.
BAM/jenny*