REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 3 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2000-003014
ASUNTO : BP01-P-2000-003014
Visto el escrito presentado por la abogada: DESIREE LAMAS JONES, actuando en su carácter de defensora de confianza del penado: EUSTELIO GUARIMATA, en el cual solicita se extienda el lapso de presentaciones ante el Internado Judicial “José Antonio Anzoátegui” a su representado, a cada treinta (30) días, consignando constancia de trabajo, emitida por el ciudadano: JESUS BELTRAN, en su carácter de administrador de la empresa Multiservicios San Rafael 2.008, este Tribunal Segundo de Ejecución, observa, que efectivamente en fecha 24 de Abril del año 2.008, le fue otorgado al penado: EUSTELIO GUARIMATA, al estar dadas las condiciones el Beneficio de Destacamento de Trabajo.
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la periodicidad de las presentaciones del penado: EUSTELIO GUARIMATA, titular de la cédula de identidad Nº 6.382.981 , por ante el Internado judicial “José Antonio Anzoátegui” cada TREINTA (30) DIAS, quedando subsistentes las otras condiciones que le fueran impuestas por este Juzgado en la oportunidad de la concesión de la Medida de Prelibertad antes mencionada. Líbrese oficio al mencionado Centro Penitenciario a los fines pertinentes. Notifíquese a todas las partes. Cítese al penado para su debida imposición. Impóngase al penado. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION Nº 02,
DRA. BOLIVIA ALVAREZ MELENDEZ,
LA SECRETARIA,
ABG, SUYIN DE MORILLO