REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO Nº BP02-V-2007-000282

Vista la diligencia que antecede, de fecha 24 de Abril del 2.007, suscrita por la Abogada IRIS CARMONA CASTILLO, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.868, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante, mediante la cual desiste del procedimiento en el juicio de Cobro de Bolívares, incoada por la Institución Financiera BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., domiciliado en Caracas, Distrito Capital, inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 13 de Junio de 1.977, bajo el N° 1, Tomo 18-A, contra de la Empresa EL GRAN CARLOS C.A., domiciliada en Punta de Mata, Estado Monagas, e inscrita en la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, el 07 de Julio del 2.003, bajo el N° 69, Tomo A, y de los ciudadanos CARLOS EDUARDO JIMÉNEZ, DAISY MARITZA JIMÉNEZ y BETTY JOSEFINA JIMÉNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.743.261, 7.739.677 y 5.175.918, respectivamente, domiciliados en Puerto Píritu, Estado Anzoátegui; este Tribunal homologa dicho desistimiento en la misma forma, términos y condiciones expresados por la parte apoderada actora en su diligencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo del Expediente. Cúmplase.
El Juez Titular

Henry José Agobian Viettri
La Secretaria Accidental,

Judith Milena Moreno Sabino
/Amelia