REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-F-2008-000005


Visto el escrito de pruebas promovido por la parte Demandada, en la presente causa, el Tribunal admite sólo la promovida en su particular Primero, por no ser manifiestamente impertinentes ni ilegales, salvo su apreciación en la definitiva y en relación con la promovida en su particular Segundo, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con la Ley, declara inadmisible dicha prueba, por cuanto el promovente no indica el objeto de la misma ni lo que se pretende probar con ella, razón por la cual este Tribunal considera que la misma es ilegal, al no poder este Juzgador valorar la pertinencia de la misma. Así se decide.
El Juez Provisorio,



Abg. Jesús Gutiérrez Díaz
La Secretaria Acc.,



Abg. Marilyn Gómez Hernández