REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-F-2008-000569
Visto el expediente contentivo de Divorcio intentado por la ciudadana Moraima Josefina Martínez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.288.532, asistida por el abogado Marvin Arsenio González Bravo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.729, en contra del ciudadano Raimundo Ramón Farías, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.257.284, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, y revisadas como han sido las Actas Procesales que conforman el presente expediente, se observa que cursa a los folios 09 y 10, sentencia mediante la cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre, declino la competencia para conocer de la presente causa al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en razón del territorio.- En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela se declara competente para conocer de la presente acción. Así se declara.-
EL JUEZ PROV,
ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DIAZ.
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.
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