REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-002413

Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentado por la ciudadana Mérida del Carmen Flores de Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 776.682, de este domicilio, asistida por la abogada Dannys Mejías López, inscrita en el Inpreabogado con el N° 94.669, mediante el cual solicita sea declarada como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus Amado Delfín Sánchez Mena, quien falleció ab- intestato el día 29 de febrero del año 2.008, en el Hospital César Rodríguez, de la ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Wuilman Elizabeth Yunez Manoche y María Carolina Velásquez, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus Amado Delfín Sánchez Mena, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a la solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ PROVISORIO,



Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,




Abg. MIRLA MATA ROJAS