REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-F-2006-000140
Habiendo intentado la ciudadana DAYSI DEL VALLE CASTILLO FUNES, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula d identidad Nº 9.816.835, debidamente asistida por la abogado en ejercicio YLIANA DE LOS ANGELES HERNANDEZ MONRROY, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 103.852, demanda por DIVORCIO, en contra del ciudadano RODNEY JOE ALEONG, trinitario, titular de la Cédula de Identidad N° 483600, a este Tribunal le correspondió por Distribución de fecha: 03 de Agosto de 2.006, el conocimiento de la presente causa.
Por auto de fecha: 07 de Agosto de 2.006, este Tribunal le dio entrada y admitió la presente demanda. Observando este Tribunal que en fecha 02 de Julio de 2.007, fue su última actuación de procedimiento en el presente juicio y que habiendo transcurrido un lapso mayor de un (1) año, sin que se haya efectuado ningún acto de procedimiento, considera este Juzgador, que se produjo la Perención de la Instancia, conforme al Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en su Encabezamiento, término de Perención totalmente consumado.
En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa con fundamento en la disposición legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los 10 días del mes de Julio de 2008. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria
Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.
HPG/luyanny.-
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