REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintinueve de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-002177
Vista la solicitud presentada por el ciudadano PEDRO RAFAEL VELASQUEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.939.702, y de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre una bienhechuria en terreno municipal, consistente en una casa ubicada en el Barrio Simón Bolívar, II, calle La Floresta N. 13 de El Tigre, Comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas; NORTE: casa que es o fue de Jesús Torrealba; SUR: Calle Las Flores que es su frente; ESTE: Casa que es o fue de Rafael David Álvarez; OESTE: Casa que es o fue de José Rodríguez.- Dichas bienhechurias las construí con dinero de mi propio peculio particular y únicas expensas, consistentes en una casa de paredes de bloques de cemento techo de acerolit, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro, constante de de tres habitaciones, un baño, .-. El valor de las mencionadas bienhechurias es de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y les DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano PEDRO RAFAEL VELASQUEZ DIAZ, ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA