REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-002280
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CRISTOBAL MANUEL FERMIN TORRES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-12.140.056 y de este domicilio, en su carácter de representante de la Firma Mercantil EXIMPORT ORIENTE, C.A, inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui bajo el N. 33 Tomo 13-A, de fecha 20-12-2004 asistida por abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio consistente de un galpón, ubicada en la calle Miguel Otero Silva Zona Industrial III, de San José de Guanipa, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE : Calle Miguel Otero Silva que es su frente; SUR : Terreno Municipal ESTE: Callejón Santeliz Peña y OESTE: Parcela Municipal.- Dichas bienhechurias consisten en un galpón, construido por dos oficinas, un salón de conferencias, cinco baños, un área de estacionamiento techada de 60 Mts, una casilla de vigilancia de 5 Mts, íntegramente electrificado con sus respectivos transformadores y totalmente cercado con paredón de bloques de cemento.- La cantidad invertida en dichas bienhechurias es de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 250.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano CRISTOBAL MANUEL FERMIN TORRES, en su carácter de representante de la Firma Mercantil EXIMPORT ORIENTE C.A. ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA