REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, once de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001608

Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana YUNIRIS DEL CARMEN MARTINEZ CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 12.679.934, de este domicilio, asistido por la abogada YENNIFER WALTERS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 125.072, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno municipal, ubicado en la Avenida Libertador, casa Nº 47, Sector 17 de Diciembre I, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, que mide aproximadamente 10 metros de frente por 36 metros de fondo, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Avenida Libertador, que es su frente; SUR: casa que es o fue de la señora Luisa Carvajal; ESTE: Terreno baldío, y, OESTE: Casa que es o fue del señor Carlos Carvajal.- Dichas bienhechurias consisten de paredes de bloque de cemento, techo de zinc, piso de cemento pulido, constante de tres habitaciones, un baño, una sala y una cocina.- El valor invertido es la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bsf. 15.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos TAIDE JOSE GUTIERREZ PACHECO y CARLOS ARISTOBULO CARVAJAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 13.093.722 y 8.966.796, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana YUNIRIS DEL CARMEN MARTINEZ CARVAJAL, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES


LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ