REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, catorce de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-002229
ASUNTO: BP12-S-2007-002229
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana MARYLIS DEL VALLE PACHECO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.999.482, domiciliada en Primera Calle Nº 8, del Sector Villa Hermosa de la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por el abogado JOHANNA TINEO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 87.444, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio en un terreno de propiedad Municipal, que mide Quince Metros (15 Mtrs) de frene por treinta (30 Mtrs) de largo, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con Margarita Buitriago; SUR: Con Primera Calle de Villa Hermosa que es su frente; ESTE: Con Yusmaris Silvera y OESTE: Con Iraida de Alcala.- Las bienhechurias consisten en: tres habitaciones, una Sala, un Comedor, una cocina, un baño, un porche, de paredones de bloques de cemento, piso de cemento, Techo de zinc, ventanas y puertas de hierro y aluminio.- El valor invertido es por la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos NELLYS MARINA HERNANDEZ FUENTE y YRAIDA CONQUISTA DE ALACALA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 7.247.790 Y 6.097.678, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejercen el ciudadano MARYLIS DEL VALLE PACHECO RODRIGUEZ, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,