REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintitrés de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP12-S-2008-001537
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana: YINESKA DEL CARMEN BASTARDO CENTENO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 15.375.089, domiciliada en la Calle Paez Norte, N° 16-B, Sector Santa Ana Dos (II) de EL TIgrito del Estado Anzoátegui, asistida por el abogado ARGENIS PRADO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 132.152, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio en un terreno propiedad Municipal con una superficie total de 204,50mts2, ubicado en la dirección antes señalada con las siguientes medidas y linderos: NORTE: Con casa que es o fue de Carmen Centeno (20.72mts); SUR: Con casa que es o fue de Angela Méndez (20.72mts); ESTE: Con Calle Páez, que es su frente (11.50mts) y OESTE: Con Calle Zaraza (8.25mts), tiene construidas unas bienhechurías distribuidas de la siguiente manera: Tres habitaciones, un baño, sala, comedor, cocina y un corredor, de paredes de bloque frisadas, techo de estructura metalica, cubierta co laminas de zinc, piso de cemento, con un área de construcción de 124,54mts2, invirtiendo la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES FUERTES, (Bs: 20.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos YOALBERT VILLARREAL y GIOVANNY TAVIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 20.076.389 y 9.493.198, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: YINESKA DEL CARMEN BASTARDO CENTENO plenamente identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES

LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ