REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001360
ASUNTO: BP12-S-2008-001360
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ROBINSON JOSE CASTILLO GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.045.091, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA VILLAS SUITE C.A., Debidamente constituida y domiciliada por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con fecha 08 de Diciembre de 2.000, Anotada Bajo el No 50, Tomo A-74 , según se desprende de Instrumento Poder, debidamente Registrado por ante la Oficina de registro Público Anaco del Estado Anzoátegui, de fecha 30 de octubre de 1997, Registrado bajo el Nº Cinco (05), Folios Treinta y Nueve (39) al folio Cuarenta y Seis (46), Protocolo Tercero, tomo Primero, Cuarto Trimestre del citado año, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO suficiente a su representada sobre unas bienhechurias que fomentó, en un lote de seis parcelas de terreno su propiedad, ubicado en el sitio conocido como la vía H&P, en el sitio denominado FUNDO ANACO, en jurisdicción del Municipio Anaco, del Estado Anzoátegui, cuyas características son las siguientes: con una extensión de terreno, de CUATRO MIL TRESCIENTOS QINCE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (4.315,57 m2). Dicha zona de terreno está ubicada en el sitio conocido como la Vía H&P, en el sitio denominado ¨FUNDO ANACO¨ en jurisdicción del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, cuyos linderos, medidas y Coordenadas Norte, Este, U.T.M, generales son las siguientes: por el NORTE: que va desde el punto K coordenadas, (1045662.19), (339508.54) al M coordenadas (1045699.97), (339546.20), en una extensión de cincuenta y tres con treinta y dos metros (53,32 m), del punto M coordenadas (1045699.97), (339546.20), al N coordenadas (1045718.85), (339565.93), en una extensión de veintiséis con sesenta y siete metros (26,67 m), y del punto N coordenadas (1045718.85), (339565.93), al O coordenadas (1045737.74), ( 339583.86), en una extensión de veintiséis con sesenta y siete metros (26,67 m), con vía de acceso y la Urbanización IKABARU VILLAS SUITES y del punto O coordenadas (1045737.74), ( 339583.86), al P coordenadas (1045754.51), (339600.63), en una extensión de veintitrés metros con Setenta y un centímetros (23,71), con vía de acceso y el cuarto lote de la segunda compra realizada por INMOBILIARIA VILLAS SUITES C.A.; por el SUR: que va desde el punto A coordenadas (1045726.00), (339610.01), al F coordenadas (1045709.21), (339593.32), en una extensión de veintitrés metros con cincuenta y siete centímetros (23,57), y del punto F coordenadas (1045709.21), (339593.32), al punto E coordenadas (1045690.33), (339574.42), en una extensión de veintiséis metros con sesenta y siete centímetros (26,67m), con terrenos de Tomás Rafael Aguilera Marín, del punto G coordenadas (1045656.50), (339585.57), al H coordenadas (1045638.80), (339567.35), en una extensión de veinticinco metros con cuarenta centímetros (25,40 m), con terrenos de Modesto Ríos, y terrenos que van del punto I coordenadas (1045671.45), (339555.60) al J coordenadas (1045633.70), (339517.92), en una extensión de cincuenta y tres metros con treinta y tres centímetros (53,33m), con terrenos de Carlos Vallejos Rojas; por el ESTE: que va desde el punto P coordenadas (1045754.51), (339600.63), al A coordenadas (1045726.00), (339610.01), en treinta metros (30,00), con calle de tierra, del punto E coordenadas (1045690.33), (339574.42), al G coordenadas (1045656.50), (339585.57), en una extensión de treinta y cinco metros con sesenta y dos centímetros (35,62), con terrenos de Tomas Aguilera y OESTE: que va del punto H coordenadas (1045638.80), (339567.35), al punto I coordenadas (1045671.45), (339555.60), en una extensión de treinta y cuatro metros con setenta centímetros (34,70 m), con terrenos de Carlos Vallejos R. y del punto J coordenadas (1045633.70), (339517.92), al K coordenadas, (1045662.19), (339508.54), en una extensión de treinta metros (30,00m), con la Urbanización Cantarrana. El cual quedo Registrado por ante la Oficina de Registro público del Distrito Anaco del Estado Anzoátegui, en fecha treinta (30) de octubre de 2007, quedo Registrado bajo el numero Diez y Siete (17), Folios Ciento Ochenta y Dos (182) al Folio Ciento Noventa y Uno (191), Protocolo Primero, Tomo Cuarto, Cuarto Trimestre del mencionado año.- Asimismo consta que dentro de las cinco parcelas de terreno se han construido las siguientes edificaciones; Modulo de Habitaciones tipo Suites. AREA DE CONSTRUCCIÓN: 207.50 M2, AREA DE UBICACIÓN: 207.50 M2, AREA DE ESTACIONAMIENTO: 125 m2, DESCRIPCION: El modulo de Habitaciones, tipo Suites, es una edificación de una sola planta en la cual se encuentran seis (6) habitaciones de 25m2 cada una. Estas suites se les accede de una manera frontal desde un porche longitudinal que da a lo que es la fachada principal de la edificación. Cada suite esta conformada por el área de dormitorio propiamente con su closet, una sala de baño y una “kichenet”. Exteriormente se encuentra un área de estacionamiento, la cual se encuentra frente a la edificación. Consta de 8 puestos de estacionamiento. Igualmente se ha edificado un: Club House. AREA DE TERRENO: 700.00 M2. AREA DE CONSTRUCCIÓN: 290.62 M2, AREA DE UBICACIÓN: 290.62 M2, AREA DE ESTACIONAMIENTO: 180 m2 . DESCRIPCION: El Club House, es una edificación de una sola planta en la cual se encuentran cuatro (4) habitaciones de 15.00m2, cada una de las cuales contiene un baño completo con un closet empotrado. A estos dormitorios se comunican con el resto de las instalaciones del Club House mediante un pasillo por un extremo, y por el otro da acceso independiente al exterior. Además comprende las áreas comunes conformadas por: un estar principal, con entrada independiente, en el se encuentra la mesa de billar, un estar y el bar. Una sala de TV y lectura. Una Cocina –Comedor- lavandería, con entrada independiente hacia la parte posterior. Con entrada independiente un Gimnasio con área de baños- vestuarios, los cuales sirven a su vez al resto de las áreas comunes del club house. Exteriormente esta rodeado de una franja de área verde, y en el frente cuenta con un jardín y caminerias y una “glorieta”.Y un: Modulo de Servicios. AREA DE CONSTRUCCIÓN: 122.67 M². AREA DE UBICACIÓN: M²: 122.67, AREA DE ESTACIONAMIENTO: 50 M². DESCRIPCION: El modulo de Servicios, es una edificación de una sola planta en la cual se encuentran: Baño Mujeres 7.7m², Baño de Hombres 7.7m², Comedor-Cocina 19.05m², Deposito 21.78m², Maestranza 32.78m², Planta Eléctrica 33.86m². A estas habitaciones se les accede de la siguiente manera: Baños, Maestranza y Comedor-Cocina de manera frontal desde un porche longitudinal que da a lo que es la fachada principal de la edificación, Planta Eléctrica de manera lateral, desde el jardín que da a lo que es la fachada lateral izquierda y Deposito de manera interna, desde la Maestranza.. Exteriormente se encuentra un área de jardín, el cual se encuentra alrededor de la edificación. El valor invertido es por la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES FUERTES (Bs. 1.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos YAYREG DEL VALLE CALDERA HERNANDEZ y FANNY MARIBEL MARTINEZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 13.508.419 y 10.999.467, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA VILLAS SUITE C.A., plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg KARELLIS C. ROJAS TORRES
LA SECRETARIA
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
KCRT