REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por los ciudadanos YASMIN DE JESUS GARCIA y DIONIS JOSE GONZALEZ CORSEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 11.120.035 y 9.447.295, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada ROXY YAMILEX UGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 113.510, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias en un terreno propiedad del municipio, ubicado en La Calle Virgen del Coromoto, Sector El Milagro de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, midiendo aproximadamente Diez Metros de Ancho por Cincuenta Metros de Largo (10 x 50), alinderada de la siguiente manera; NORTE: Con casa que es o fue de la Señora Ronnimel Baron; SUR: Casa que es o fue de la Señora Ildemar Espinoza, ESTE: Con terrenos baldíos, y OESTE: Con calle Virgen de Coromoto, que es su frente.- Dicha bienhechuría consistente de tres habitaciones, dos baños, una cocina, una sala-comedor, un deposito, un corredor, piso de cemento y techo de zinc, cercado totalmente con estantillos de madera y alambre de púas.- El valor invertido es por la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (Bs.12.000,00), y teniéndose presente las declaraciones de los testigos ROSSANA URIBE PALENCIA y XIOMARA JOSEFINA MARIN ORDAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 12.013.249 y 10.061.412, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce los ciudadanos YASMIN DE JESUS GARCIA y DIONIS JOSE GONZALEZ CORSEGA, plenamente identificados, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abg. KARELLIS ROJAS TORRES.-
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-
KRT
ASUNTO: BP12-S-2008-002026