REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, ocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano ANDRES JOSE NARVAEZ LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 8.862.568, domiciliado en La Calle Cuatro, casa N°: B-1, Sector Villa Hermosa, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la Abogada EDILIA LIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 100.731, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias en un terreno propiedad del municipio, ubicado en La Calle Cuatro, casa N°: B-1, Sector Villa Hermosa, de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, consistente de una Vivienda Unifamiliar, construida de paredes de bloques de cemento, friso liso, ocho ventanas tipo celosía, dos puertas metálicas, cuatro puertas entamboradas económicas, instalación de aguas blancas, cloacas, electricidad interna y externa, techo de acerolit y zinc, la cual a su vez se encuentra subdivida de la siguiente manera: cuatro habitaciones, dos baños con sus respectivos accesorios, una sala, una cocina, un comedor, construida en una Superficie de terreno de Cuatrocientos Sesenta y Siete con Cuarenta y Seis Metros Cuadrados (467,46 mts2) aproximadamente, siendo su área de construcción de Ciento Setenta y Dos con Doce Metros Cuadrados (172,12 mts2) aproximadamente., y alinderada de la siguiente manera; NORTE: Con Calle Cuatro, midiendo dieciséis con ochenta metros (16,80 mts) aproximadamente; SUR: Con Casa que es o fue de Arquímedes Aguilera, midiendo dieciséis con sesenta y cinco Metros (16,65 mts) aproximadamente, ESTE: Con Casa que es o fue de Simón Martínez, midiendo veintisiete con noventa metros (27,90 mts) aproximadamente, y OESTE: Con Casa que es o fue Katy Salazar, midiendo veintiocho metros (28,00 mts) aproximadamente.- El valor invertido es por la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,00), y teniéndose presente las declaraciones de los testigos MIGUEL ANGEL GUEVARA LOPEZ y JOSE DEL CARMEN HERNANDEZ BUCARITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 10.066.997 y 5.468.029, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce el ciudadano ANDRES JOSE NARVAEZ LEON, plenamente identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abg. KARELLIS ROJAS TORRES.-
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-
KRT
ASUNTO: BP12-S-2008-001205