REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, ocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana YELITZA DEL VALLE CARRASCO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 4.913.789, domiciliada en La Sexta Carrera Sur cruce con Calle 29 Sur, casa s/n, Sector Valle Guanipa, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Abogada EDILIA LIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 100.731, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias en un terreno propiedad del municipio, ubicado en La Sexta Carrera Sur cruce con Calle 29 Sur, casa s/n, Sector Valle Guanipa, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, consistente de una Vivienda Unifamiliar, construida de paredes de bloques de cemento, friso liso, cuatro ventanas tipo celosía, dos puertas metálicas, tres puertas entamboradas económicas, instalación de aguas blancas, cloacas, electricidad interna y externa, techo de zinc, piso de cemento pulido, la cual a su vez se encuentra subdivida de la siguiente manera: tres habitaciones, un baño con sus respectivos accesorios, una sala, una cocina, un comedor, construida en una Superficie de terreno de Quinientos Sesenta y Cuatro con Setenta Metros Cuadrados (564,70 mts2) aproximadamente, siendo su área de construcción de construcción de Sesenta y Dos con Cincuenta y Cinco Metros Cuadrados (62,55 mts2) aproximadamente., y alinderada de la siguiente manera; NORTE: Con sexta carrera sur, midiendo veinticinco con Treinta Metros (25,30 mts) aproximadamente; SUR: Con Casa que es o fue de Simón Malave, midiendo veinticinco con setenta Metros (25,70 mts) aproximadamente, ESTE: Con Calle 29 Sur, midiendo veinte metros (20,00 mts) aproximadamente, y OESTE: Con Unida Educativa Privada Benito Pérez Galdos, midiendo veinticuatro con sesenta metros (24,60 mts) aproximadamente.- El valor invertido es por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,00), y teniéndose presente las declaraciones de los testigos NELLY DEL CARMEN GONZALEZ PINO y MARIA MERCEDES CARIMA VALDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 8.456.343 y 14.817.179, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana YELITZA DEL VALLE CARRASCO MARTINEZ, plenamente identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL.,

Abg. KARELLIS ROJAS TORRES.-
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-








KRT
ASUNTO: BP12-S-2008-001325