En el día de hoy, Martes veintidós (22) de julio de 2008, siendo las 10:30 de la mañana, acordado, mediante auto de esta misma fecha , cursante al folio doce (12) de esta comisión, se trasladó y constituyó la JUEZ SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR Y DIEGO BAUTISTA URBANEJA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Dra. DIANA B. VASQUEZ BASS y la Secretaria Suplente Abogada ISMARY LARA HERNANDEZ, en la Zona Industrial Los Montones, segunda etapa, Calle B, Nº 229, Galpón Nº 01-A, Barcelona, Estado Anzoátegui, en compañía de la parte actora ciudadano WILLIANS JOSE MANOSALVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.231.668, debidamente asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo Abogada LOLYVETTE ROJAS P., inscrita en Inpreabogado bajo el Nº 103.703, en la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, contra la Empresa FLOREH FLOR CONFITE DISTRIBUTION, C.A., En el expediente Nº BP02-O-2005-000050, seguido por ante el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN NOR-ORIENTAL, que decretó la EJECUCIÓN FORZADA de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 01 de febrero de 2006, y a tal efecto libra la comisión para que este Juzgado ordene al representante legal de la Empresa FLOREH FLOR CONFITE DISTRIBUTION,C.A., que reenganche en el cargo de CHOFER que desempeñaba para la fecha de su despido el ciudadano WILLIANS JOSÉ MANOSALVA, titular de la cédula de identidad Nº 8.231.668, o en caso de haber desaparecido dicho puesto de trabajo a otro que se le asemeje en las aptitudes requeridas y en las condiciones físicas y económicas de desempeño; y le pague los salarios caídos que correspondan hasta su debida reincorporación. Constituido el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora, específicamente en la empresa FLOREH FLOR CONFITE DISTRIBUTION, C.A., Departamento de Administración, ubicado en la Zona Industrial Los Montones, Segunda Etapa, Calle B, Nº 229, Galpón Nº 01-A, Barcelona, Estado Anzoátegui, se procedió a notificar de la práctica de la presente medida a la ciudadana Carolina Urbina Salazar, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.489.194, en su condición de Gerente Administrativa de la Empresa. En este estado interviene la parte accionante ciudadano WILLIANS JOSE MANOSALVA, debidamente asistido en este acto por la Procuradora del Trabajo, abogada LOLYVETTE ROJAS, y expone: “Solicito al Tribunal Ejecutor de Medidas, practique la Ejecución Forzosa de la Sentencia dictada por el Tribunal de la Causa, Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental en fecha 01 de febrero de 2006 y que en consecuencia proceda a mi reincorporación al cargo de CHOFER en dicha Empresa, y en caso de haber desaparecido dicho puesto, a otro que se asemeje en las mismas aptitudes requeridas y en las condiciones físicas y económicas de desempeño y que de igual manera proceda al pago de los salarios caídos que me correspondan, hasta mi efectiva reincorporación ordenados por el Tribunal, el cual asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs. 148,26) quincenales; dejando constancia que estos salarios no se encuentran ajustados a los aumentos que fueron otorgados al cargo de CHOFER durante este período, de conformidad con el mandamiento librado. Es todo”. Seguidamente la Juez Segundo Ejecutor de Medidas, ordena a la notificada, proceda a reenganchar en el cargo de CHOFER que desempeñaba en la fecha de su despido el ciudadano WILLIANS JOSE MANOSALVA, titular de la cédula de identidad Nº 8.231.668, en la Empresa FLOREH FLOR CONFITE DISTRIBUTION, C.A., o en caso de haber desaparecido dicho puesto de trabajo a otro que se le asemeje en las aptitudes requeridas y en las condiciones físicas y económicas de desempeño; y pague los salarios caídos que correspondan hasta su debida reincorporación, tal como lo señala el Mandamiento de Ejecución. En este estado interviene la Notificada ciudadana Carolina Urbina Salazar, y expone: “Una vez conversado con la Directiva de la Empresa FLOREH FLOR CONFITE DISTRIBUTION,C.A. En conocimiento y cumpliendo instrucciones u órdenes emanadas de la misma, y acatando la orden del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, procedemos en este acto al reenganche en el cargo de Chofer que desempeñaba para la fecha de su despido el ciudadano WILLIANS JOSE MANOSALVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.231.668 y al pago de los salarios caídos que correspondan hasta su debida reincorporación, es decir hasta la presente fecha 21 de julio de 2008. Es todo”. Se deja constancia que la práctica de esta medida no causa ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para este Tribunal de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia aún vigente. Cumplida como ha sido la presente comisión se ordena que por Secretaría se de lectura a esta acta y de no haber observación alguna se proceda a firmar por los intervinientes, dejando constancia que durante la práctica de esta medida no se violaron derechos, ni garantías Constitucionales y que las firman que suscribirán en esta acta fueron estampadas de manera voluntaria y sin ningún tipo de apremio o coacción. Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, se acuerda el traslado a su sede, siendo las Doce y Treinta del día (12.30 m). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS;
Dra. DIANA B. VASQUEZ BASS (FDO)
LA NOTIFICADA;
LIC. CAROLINA URBINA SALAZAR(FDO)
EL ACCIONANTE;
Sr. WILLIANS JOSE MANOSALVA(FDO)
LA PROCURADORA DEL TRABAJO Y ASISTENTE DEL ACCIONANTE
Abg. LOLYVETTE ROJAS P.(FDO)
LA SECRETARIA SUPLENTE
Abg. ISMARY LARA HERNANDEZ(FDO)
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