REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve (29) de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-003425
SOLICITANTES: SERVICIOS EVCAVEN, C.A., y GUACHE CARMEN ROSA, HERNÁNDEZ MARIAM, HERRERA EMIRLYS, LÓPEZ BIANEY, MACHADO JOSÉ, MANRIQUEZ CARLOS, MANRIQUE JOSÉ, MAYORGA CARMEN, MELENDEZ ENMANUEL, MELENDEZ YONSON y MONTAÑO GERÓNIMO.
Motivo: TRANSACCIÓN LABORAL
Visto el escrito de solicitud de homologación de transacción laboral de fecha veintitrés (23) de julio de dos mil ocho (2008), se da por recibido el día de hoy veintiocho (28) de julio de 2008, anótese en los libros de entrada y salida de causas, presentado por el abogado en ejercicio ARMANDO CANACHE MOSQUERA, titular de la cédula de identidad N° 6.917.671, inscrito en el Instituto de previsión social del abogado bajo el N°48.786, en su carácter de apoderado judicial de la empresa SERVICIOS EVCAVEN, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Tomo 190-A, N° 23, cuya última modificación fue inscrita en el Registro Mercantil el 13 de marzo de 2003, bajo el N° 61, Tomo 22-A Pro., representación la suya que consta de copia certificada de Poder autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Baruta del Estado Miranda, de fecha 29 de abril de 2005, dejándolo anotado bajo el N° 09, Tomo 31 de los libros de autenticación llevados por ante esa Notaría, por una parte y por la otra parte los ciudadanos GUACHE CARMEN ROSA, HERNÁNDEZ MARIAM, HERRERA EMIRLYS, LÓPEZ BIANEY, MACHADO JOSÉ, MANRIQUEZ CARLOS, MANRIQUE JOSÉ, MAYORGA CARMEN, MELENDEZ ENMANUEL, MELENDEZ YONSON y MONTAÑO GERÓNIMO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.655.826, 15.362.587, 17.262.581, 11.655.889, 10.939.548, 14.560.929, 16.220.382, 8.479.012, 14.091.740, 12.200.997 y 4.044.849, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio YUSBELYS SIFONTES, titular de la cédula de identidad N° 11.421.906, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 111.702, contentivo de transacción laboral; en consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de COSA JUZGADA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Se expiden la copia certificada solicitada por las partes, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión, en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los veintinueve (29) días del mes de julio de dos mil ocho (2008), y así se decide.
La Jueza.
Abg. YISSEIN LOPEZ
La Secretaria,
Abg.LOURDESROMERO.
En la misma fecha se dictó y publicó la decisión anterior, siendo las 2:05 p.m. Conste.- La Secretaria.
Abg. LOURDES ROMERO
“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”
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