REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2006-005001

Por cuanto el Tribunal observa que por ante este Despacho curso la causa de Divorcio signada con el Nº BP02-V-2007-1275, el cual fue Sentenciado en fecha 09-07-08, en virtud de lo antes expuesto y por cuando en el presente procedimiento no existen más actuaciones que cumplir.- En consecuencia se acuerda dar por terminado el mismo y ordena la remisión del presente Expediente al Archivo Judicial de este Estado. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 02.

Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en el.
LA SECRETARIA.

Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.

AJD/LETICIA C.