REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiuno de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-V-2008-001582

Por recibida la anterior demanda de OBLIGACION de MANUTENCION, propuesta por la ciudadana ELIANA GOMEZ ROBLES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-25.917.304, a favor de su hijo, el niño xxxxxxxxx, debidamente asistida por la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogado FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, en contra del ciudadano ALEXIS ENRIQUE REY CAMARGO. Désele entrada, anótese en los Libros respectivos; en consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese al ciudadano ALEXIS ENRIQUE REY CAMARGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.560.574, domiciliado en el Barrio José Félix Rivas, Zona 02, Calle Baute, Escalera San Benito, Casa N° 03, Caracas, Distrito Capital, y quien labora en la Avenida Principal del Hatillo, al lado de la Bomba GT Alarma, en el Electroauto Valentis, Caracas, Distrito Federal, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho, más Dos (02) días adicionales que se le conceden como termino de distancia, siguiente a su citación, en horas comprendidas entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30 a.m.) y las tres y treinta minutos de la tarde (03:30 p.m.), a los fines de dar contestación a la presente Demanda. Líbrese boleta de citación. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad se verificara el acto conciliatorio a las 10:00 a.m., y el Acto de Contestación se llevará a cabo entre las ocho y treinta minutos de la mañana (8:30 a.m.) y las tres y treinta minutos de la tarde (03:30 p.m.). Librese oficios al Jefe de Recursos Humanos de la Empresa Electroauto Valentis, ubicado en la Avenida Principal del Hatillo, al lado de la Bomba GT Alarma, Caracas, Distrito Federal, a los fines de obtener información sobre el ingreso mensual del demandado. En cuanto a las Medidas este Tribunal acuerda proveer por auto separado. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 02.

Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.

Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA.

Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/LETICIA C.