REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2007-005212
Vista la diligencia de fecha 15-05-2008, suscrita por la ciudadana CARMEN PEALINA SALCEDO GUAIQUIRIAN, titular de la cedula de Identidad N° 10.286.297, debidamente asistida en este acto por la DRA. JOSEFINA GONZALEZ, en su carácter de Defensora Publica Primera del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, en la cual solicita se le haga entrega la suma de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1200,00) del dinero depositado a la orden de este Tribunal para cancelar las mensualidades atrasadas del colegio donde cursa estudio su hijo XXXXXXXXXXX y acompaña a la presente solicitud Estado de Cuenta emitida del Colegio Minerva Pozuelos, y la opinión favorable vertida en autos por la Fiscal Deísmo Quinto del Ministerio publico del Estado Anzoátegui, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio N° 01 del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales y en Interés Superior del niño de autos, ordena hacer entrega a la ciudadana CARMEN PEALINA SALCEDO GIAIQUIRIAN, titular de la cedula de Identidad N° 10.286.297, de la cuenta de ahorros N° 0007-0088-61-0010005255, llevada en la Agencia bancaria Banfoandes, Barcelona, a nombre de la ciudadana CARMEN PEALINA SALCEDO GIAIQUIRIAN, la suma de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1200,00), correspondiéndole al Departamento de Contabilidad librar el oficio correspondiente.- Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA N° 01,
DRA. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-
LA SECRETARIA,
Abog. ORLIMAR CARREÑO.-