REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintinueve de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-002963
Vista la anterior diligencia, suscrita por la ciudadana ODALILA AGUILERA, debidamente asistida en este acto por la DENFESORA PUBLICA TERCERA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, ABG. MARTHA AGUILERA, plenamente identificadas en autos y el contenido de la misma, el Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia: PRIMERO: hágasele entrega a la ciudadana ODALILA AGUILERA, la Libreta de ahorros signada con el N° 0007-0088-61-0060058700, llevada por éste Tribunal en el Banco Banfoandes, agencia Barcelona, a nombre de la niña xxxxxxxxx, con la finalidad de que haga los retiros de las pensiones de manutención directamente ante la mencionada entidad bancaria. SEGUNDO: Líbrese oficio al Gerente del Banco Banfoandes, agencia Barcelona, AUTORIZANDO a la precitada ciudadana a movilizar la ya identificada cuenta de ahorros en forma MENSUAL Y PERMANENTE, y por último, queda comprometida la citada ciudadana, a consignar ante la sede de éste Tribunal, una copia fotostática de la libreta de ahorros en cuestión, en forma Trimestral, Para control Interno. Líbrense oficio.
LA JUEZA UNIPERSONAL N° 02
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
LA SECRETARIA.-
ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.-
AJD/crc.-