REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-S-2008-003000
Por recibida la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana CARMEN CECILIA BARRIOS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.260.610, actuando en representación de su hijo el niño JAVIER ALEJANDRO MARTINEZ BARRIOS, de diez (10) años de edad, debidamente asistido por el Abogado LUIS LINDIS PRAT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.796, junto con los recaudos que en ella se mencionan toda constante de un (01) folio util y dos (02) anexos.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la admite cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido parágrafo cuarto del Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal “F”. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. Nº 01


DRA. SANTA SUSANA FIGUERA



LA SECRETARIA,

Abg. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ