REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : BP02-S-2008-003047
Por recibida la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, propuesta por el ciudadano JOEL ENRIQUE PADRON MANARICUTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.615.903, debidamente asistida por la Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogada EGRIS LIRA ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.841, actuando en representación de la adolescente YAIRET DEL CARMEN PADRON MANARICUTO, de dieciséis (16) año de edad, junto con los recaudos que en ella se mencionan toda constante de ocho (08) folios útiles.- Désele entrada y anótese en los libros respectivos.- Esta Sala de Juicio la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literal “F”. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA N° 01.


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.


LA SECRETARIA,


Abg. ORLYMAR CARREÑO.