REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEPTIMO DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI -EXTENSION TERRITORIAL EL TIGRE

ACTA DE DESISTIMIENTO

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-L-2008-000035
PARTE ACTORA: JOHANNES JOSE SARABIA VELASQUEZ Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V- 14.311.978
ABOGADO ASISTENTE Y/O APODERADO (AS) DE LA PARTE ACTORA: ISAIAS GUILARTE MARQUEZ y MERCY JOSEFINA SANCHEZ GUILARTE, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 118.857 y 74.491.
PARTE DEMANDADA: INGENERIA Y MANTENIMIENTOS MUÑOZ C.A.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS ROBERTO SALAZAR y DENNYS JOSE HERNANDEZ LAREZ, abogados, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los N° 36.706 y 119.145
ASUNTO: Cobro de Prestaciones Sociales.

Siendo la una y treinta de la tarde (1:30 p.m.) del día de hoy 3 de julio de 2.008 día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar, este tribunal deja expresa constancia de la NO COMPARECENCIA de parte actora ni por si ni por medio de apoderado alguno, asi mismo se deja constancia de la presencia de la demandada INGENERIA Y MANTENIMIENTOS MUÑOZ C.A., a través del ciudadano LUIS ROBERTO SALAZAR, abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 36.706, en su carácter de apoderado judicial de la demandada tal como se desprende de los autos. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO SEPTIMO DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI -EXTENSION TERRITORIAL EL TIGRE en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 198.

El Juez

La Secretaria de Sala

Abg. Alexander Rojas





El apoderado de la demandada.