REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal De Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, ocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-L-2008-000344
ASUNTO: BP12-L-2008-000344
AUTO DONDE SE HOMOLOGA
EL DESISTIMIENTO
Vista la diligencia de fecha 03 de julio de 2008 presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO ARTHUR, Abogado en Ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el Nº 49.946, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano BENJAMIN FRANCISCO FERNANDEZ VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de El Tigre del Estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad N°: 14.641.469, debidamente asistido por el ciudadano, en donde DESISTE DEL PROCEDIMIENTO, este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara homologado el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO. .
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. En El Tigre, a los ocho (08) días del mes de julio de dos mil ocho (2008). Años 198° y 149°. Se ordena el archivo del expediente en el término legal correspondiente.
El Juez Temporal
Abg. ALEXANDER ROJAS
La Secretaria De Sala,
Se deja constancia que el presente fallo fue publicado a la 1:00 p.m. a los ocho (08) días del mes de julio del dos mil ocho (2008). Asimismo, se registró el acta en el copiador de sentencias.
La Secretaria de Sala,
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