REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Dieciocho (18) de julio de dos mil ocho
198º y 149º


N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2008-000278

PARTE ACTORA: SIMON ROCCA. TITULAR D ELA CEDULA DE IDENTIDAD NO. 4.021354
ABG. ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ABG.. NUSBELIS VARGAS. Inpreabogado No. 75,478
DEMANDADA: PROTECCION MAXIMA SEGURIDAD C.A.
APODERADO DE LA DEMANDADA: ABG. ANIBAL JOSE BRITO. OTROS. Inpreabogado No. 21.038
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. .

Hoy, Dieciocho (18) de julio de 2008, siendo las nueve.(9:00 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el demandante , ciudadano SIMON ROCCA, asistido de la abogada , ABG.. NUSBELIS VARGAS. Inpreabogado No. 75,478, Procuradora de Trabajadores del Estado Anzoátegui; También se encuentra presente el apoderado judicial de la empresa demandada PROTECCION MAXIMA SEGURIDAD C.A.,, abogado ANIBAL BRITO, todos arriba identificados. Seguidamente se da inicio a la Audiencia Preliminar y la ciudadana Jueza le otorga el derecho de palabra a los comparecientes, quienes intervienen para manifestar, producto de la mediación hemos llegado las partes a un feliz termino en el presente asunto, y en vista de ello hemos decidido suscribir una Transacción, la cual queda redactada en el texto de esta acta, y en este sentido interviene el apoderado judicial de la empresa demandada y expone: Solo con el ánimo de poner fin al presente litigio y sin que bajo ninguna circunstancia mi representada reconozca al demandante los conceptos y montos demandados a que hace referencia en su escrito libelar derivados del hecho de la renuncia voluntaria a la relación de trabajo por parte del actor, en nombre de mi representada ofrezco al demandante, la cantidad de MIL SETECIENTOS TRES BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs1.703,20), pagadero en su totalidad el día viernes 25 de julio de 2008. La cantidad ofrecida comprende el pago de todos y cada uno de los conceptos libelados derivados de la terminación de la relación laboral, tomando en cuenta que el demandante omitió el preaviso de Ley, por lo que del monto demandado, mi representada le deduce 30 días conforme a lo previsto en el articulo 107 de la Ley Orgánica del Trabajo. Es todo. Seguidamente interviene la parte demandante, quien se encuentra aquí presente, asistido de su abogada arriba identificada y expone: Con el ánimo de dar por terminado el presente litigio, manifiesto que de manera libre, espontánea y voluntaria, acepto la cantidad ofrecida por la empresa demandada y en los termino señalados. Es todo. Seguidamente ambas partes de mutuo y común acuerdo, solicitan de la Jueza que preside este acto la homologación de la transacción en los términos aquí expuestos y que en vista del carácter de cosa juzgada de por terminada la presente causa y ordene el archivo del expediente respectivo una vez que conste en autos el pago aquí ofrecido por la demandada; asimismo solicitamos nos sea expedida dos (2) copias certificadas de la presente Transacción. Es todo. Oídas las exposiciones de las partes y los términos en que han establecido la transacción, producto de la mediación en la presente causa; Esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo transaccional presentado por las partes en esta audiencia y en cuanto a que de por terminada la presente causa y se ordene el archivo del expediente una vez que conste en autos el pago ofrecido, así lo acordará una vez conste en autos el pago aquí ofrecido. Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas. Concluida la Audiencia y habiendo finalizado a través de la Transacción que se acaba de Homologar, hace entrega a las partes de los correspondientes escritos de Promoción de Pruebas los cuales fueron presentados en su oportunidad legal. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Abg. Sofía Acosta Salazar.


La Secretaria

Abog. Maria Carmona.


El Demandante: ______________

Abg. Asistente: _______________________.

Apoderado Demandado: _______________________.





“2006, AÑO BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL GENERALISIMO FRANCISCO DE MIRANDA Y DE LA PARTICIPACIÓN PROTAGONICA Y DEL PODER POPULAR”