REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-L-2005-000133
PARTE ACTORA: MIGUEL ELÍAS CALZADILLA MARÍN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 10.290.088.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DASMARY S ESPINOZA MEJIAS, suspendida por el Colegio de Abogados del Estado Anzoátegui.
PARTE DEMANDADA:
1. DRV CONSTRUCCIONES, C.A., actualmente denominada Y& V CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE: inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 31 de marzo de 1.995, bajo el Nro 5, Tomo 126-A Sgdo.
2. GRUPO ALVICA S.C.S: constituida y domiciliada en Venezuela mediante documento inscrito por ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 3 de octubre de 2.000, bajo el Nro 70, Tomo 127-A-VII.
3. PETROLERA AMERIVEN: inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 17 de julio de 1.997, bajo el Nro 98, Tomo 134-A Qto.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
1. DRV CONSTRUCCIONES, C.A. actualmente denominada Y & V CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE: Abogados GUSTAVO NIETO, HÉCTOR RAMÍREZ, DANIELA PALERMO, MAYGRED CABRERA, LEOPOLDO USTÁRIZ, PABLO MARVAL, CARLOS VIVI y FERNANDO ANUNCIBAY, inscritos en le Inpreabogado bajo los Nros. 36.265, 70.928, 106.498, 111.698, 14.181, 39.490, 76.116 y 101.334, respectivamente.
2. GRUPO ALVICA : MARÍA DYNA DE FREITAS, MARÍA MICHELLE ALEGRET RODRÍGUEZ, CARMELA CRISTINA RAMÍREZ MASTROLONARDO, CARLOS JAVIER MORELLO HERNÁNDEZ, LINDA CAROLINA CARMONA RAMBERT, MÓNICA LEAL HERNÁNDEZ y TOMÁS EDUARDO ZAMORA SARABIA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 64.526, 91.561, 118.882, 113.5761, 111.766, 66.454 y 74.659, respectivamente.
3. |PETROLERA AMERIVEN : CARLOS BARRIOS, ADELICIA BETANCOURT, CAROLINA CARVAJAL, YULIVETH CORDERO, DOUGLAS ESPINOZA, HÉCTOR FIGUERA, EUDELYS LEÓN, SUNILZA MICHEL, PATRICIA RODRÍGUEZ y RAFAEL VÁSQUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 70.338, 69.276, 94.757, 95.436, 94.672, 2.843, 63.326, 87.633, 85.127 y 34.328, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTRAS INDEMNIZACIONES LABORALES

En el día de despacho de hoy, veintiocho (28) de julio de dos mil ocho (2008), siendo las 9:00 de la mañana día y hora fijada para que tenga lugar la audiencia de juicio en la presente causa, seguida por el ciudadano MIGUEL ELÍAS CALZADILLA, único integrante del litis consorcio activo Inicial que aun continúa su pretensión procesal contra las empresas DRV CONSTRUCCIONES, C.A. (actualmente denominada Y & V CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE, C.A.);, GRUPO ALVICA, S.C.S. y PETROLERA AMERIVEN, S.A. antes identificados. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, presidido por el Juez ANTONIO ROJAS HERNÁNDEZ, la secretaria Abog. NOEMÍ MOGNA PARÉS y el alguacil JAVIER AGUACHE, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente, el ciudadano Juez ordena a la secretaria informar el motivo de la presente audiencia y constatar la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta al ciudadano juez del objeto de la presente audiencia, de igual manera, deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por sí ni por medio de apoderados; encontrándose presente únicamente los representante judiciales de las empresas accionadas, abogados CAROLINA CARVAJAL FAJARDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.757, actuando en representación de la empresa PETROLERA AMERIVEN, S.A.; CARLOS JAVIER MORELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 113.571, procediendo en su condición de apoderado de GRUPO ALVICA, S.C.S. y las abogadas DANIELA PALERMO y MAYGRED CABRERA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 106.498 y 11.698, respectivamente, procediendo como apoderadas de la empresa DRV CONSTRUCCIONES, C.A. (actualmente denominada Y & V CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE, C.A.); dejándose constancia que estas profesionales del derecho presentaron copia del poder que acredita su representación con su original ad efectum videndi, siendo agregada tal copia al expediente. Se advierte que la presente audiencia de juicio fue reproducida a través de los medios audiovisuales, tal como lo prevé el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 715857, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESÚS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No. 11.904.682. Acto seguido el Tribunal, vista la incomparecencia de la parte actora al presente acto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA LA ACCIÓN ejercida por el reclamante MIGUEL ELÍAS CALZADILLA, contra las empresas DRV CONSTRUCCIONES, C.A. (actualmente denominada Y & V CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE, C.A.);, GRUPO ALVICA, S.C.S. y PETROLERA AMERIVEN, S.A. partes éstas identificadas previamente; todo de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de esta decisión. Siendo las 9:10 de la mañana se cierra este acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ.

ABG. ANTONIO ROJAS HERNÁNDEZ

LOS APODERADOS DE LAS EMPRESAS ACCIONADAS

POR PETROLERA AMERIVEN, S.A.

ABOG. CAROLINA CARVAJAL FAJARDO

POR GRUPO ALVICA, S.C.S.

ABOG. CARLOS JAVIER MORELLO


POR DRV CONSTRUCCIONES, C.A. (actualmente denominada Y & V CONSTRUCCIÓN Y MONTAJE, C.A.)


ABOG. DANIELA PALERMO

ABOG. MAYGRED CABRERA

LA SECRETARIA


ABOG. NOEMÍ MOGNA PARÉS