REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 18 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-000487
ASUNTO : BP01-P-2008-000487
Visto el escrito presentado por la Dra. ZIMARU FUENTES NATERA, en su condición de Defensora Pública Penal del imputado JESÚS RAMON YANEZ PADUAN, titular de la Cédula de Identidad N° 21.071.568, donde solicita en virtud de que su defendido ha venido cumpliendo con las medidas impuestas por este Tribunal que consiste entre otras, la presentación periódica cada Veinte (20) días por ante el Cuerpo de Alguacilazgo de esta Jurisdicción, se le extienda el referido lapso; al respecto este Tribunal una vez revisadas las actuaciones que conforman el presente expediente, observa:
La presente causa se inicia en fecha 07 de Febrero de 2008 por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
Cabe destacarse que las medidas Precautelativas están orientadas a garantizar los fines del proceso que no es otra cosa que la materialización de la justicia, siendo la presentación del imputado ante el Tribunal una Medida Cautelar, que en modo alguno debe considerarse que esta sujeto al proceso y que han venido cumpliendo cabalmente con las medidas impuestas por este órgano, aunado a esto, existe Constancia de Trabajo debidamente consignado por la defensa; por lo que este Tribunal encuentra procedente y ajustada a Derecho la solicitud de la Defensa en cuanto a la extensión del Régimen de Presentación ante el Cuerpo de Alguacilazgo de este Tribunal. ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Se decreta CON LUGAR la solicitud de la Dra. ZIMARU FUENTES NATERA, en su condición de Defensora Pública Penal del imputado JESÚS RAMON YANEZ PADUAN, titular de la Cédula de Identidad N° 21.071.568, en consecuencia, se le extiende el Régimen de Presentación para cada Cuarenta y Cinco (45) días por ante el Cuerpo de Alguacilazgo del Tribunal de esta Jurisdicción. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 01
DR. SALIM ABOUD NASSER
LA SECRETARIA
Abg. MILADIS HERNANDEZ