REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 27 de Junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-001765
ASUNTO : BP01-P-2008-001765
Visto el escrito presentado por la Dra. ANA KATIUSKA CHACIN, en su condición de Defensora Publica Segunda Penal del imputado GUILLERMO RAMON AREVALO RAMOS, identificado en autos, donde solicita en virtud de que su defendido ha venido cumpliendo con las medidas impuestas por este Tribunal que consiste entre otras, la presentación periódica cada Veinte (20) días por ante el Cuerpo de Alguacilazgo de esta Jurisdicción, se le extienda el referido lapso para cada Cuarenta y Cinco (45) días; al respecto este Tribunal una vez revisada las actuaciones que conforman el presente expediente, observa:
La presente causa se inicia en fecha 23 de Abril de 2008 por la presunta comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de la Colectividad.
Cabe destacarse que las medidas Precautelativas están orientadas a garantizar los fines del proceso que no es otra cosa que la materialización de la justicia; que es el fin ultimo de éste; por lo que este Tribunal considera encuentra procedente y ajustada a Derecho dicha solicitud. ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Se decreta PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de la Dra. ANA KATIUSKA CHACIN, en su condición de Defensora Publica Segunda Penal del imputado GUILLERMO RAMON AREVALO RAMOS, identificado en autos, en consecuencia se extiende para cada TREINTA (30) días la presentación por ante el Cuerpo de Alguacilazgo de esta Jurisdicción. Regístrese. Notifíquese. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 01
DR. SALIM ABOUD NASSER
LA SECRETARIA
ABG. MARIA FERNANDA ROCHA