REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 14 de junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-002632
ASUNTO : BP01-P-2008-002632
Visto el escrito presentado por el DR. ANGEL ROJAS PEROZA, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido al ciudadano JUNIOR JOSE RODRIGUEZ PEREZ, a quien se les atribuye la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionados en el artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy occiso LEONARDO ANTONIO ARREAZA, y contra quien solicita la aplicación de MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD. Y oído como fue el imputado debidamente asistido por su Defensor Pública Penal, DRA. CARMEN CECILIA SALAZAR, previamente designado, y oídas las partes, este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Este tribunal para decidir observa: TRANSCRIPCION DE NOVEDAD de fecha 31 de DICIEMBRE del 2007, en la que se deja constancia que en esa misma, se recibe RECEPCION RADIOFONICA de parte del centralista de guardia del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS SUB DELEGCION PUERTO LA CRUZ Estado Anzoátegui, informando sobre el ingreso a la morgue del Hospital Luís Razetti de Barcelona, del cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino, presentando heridas producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego, desconociendo mas detalles al respecto. ACTA INVESTIGACION de fecha 31 de DICIEMBRE de 2007, practicada por el funcionario HECTOR MARIN adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Sub Delegación Puerto La Cruz, en donde deja constancia de la diligencia realizada en compañía del funcionario ERICK RIVAS, a los fines de la practica de diligencias que ayuden al esclarecimiento del hecho, se recibió llamada telefónica de parte del centralista de Guardia del Instituto Autónomo de la policía del Estado Anzoátegui, informando sobre el ingreso a la sala de emergencias del Hospital Doctor Luís Razetti de la ciudad de Barcelona, de un ciudadano de nombre: LEONARDO ANTONIO ARREAZA, de 35 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.419.275, quien fue transferido de la Clínica Santa Ana de esta ciudad, procedente del sector Colinas del Frió, calle Altamira, casa numero 30, de esta ciudad, con varis heridas producidas por el paso de proyectil disparado armas de fuego y a los pocos minutos de su ingreso falleció, desconociendo mas datos al respecto, motivo por el cual se le dio inicio a la presente averiguación relacionadas con Actas procesales signadas con el numero H-604.313 que se instruye por la presunta comisión de uno de los delitos Contra Las Personas (HOMICIDIO), trasladándonos al referido nosocomio, sostuvimos entrevista con el medico de guardia de nombre: JOSE BERICOTTO, matricula numero 66.563, quien nos manifestó que el prenombrado ciudadano había ingresado a la sala de emergencia del referido Hospital , sin signos vitales, productos de tres heridas producidas por el paso de proyectiles disparados por armas de fuego, motivo por el cual nos permitió el libre acceso a la sala que funge como morgue; una vez en la referida dirección procedimos a realizarle la respectiva Inspección Técnica Policial a dicho cadáver, con las siguientes características : sexo masculino, de contextura normal, piel trigueña, de unos 35 años de edad, 1.70 centímetros de estatura aproximadamente, cabello crespo color negro, provisto de vestimenta; seguidamente se le observo tres heridas producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego, distribuida de la siguiente manera: (01) herida n la región Púdica Izquierda, (01) una herida en la fosa iliaca Izquierda y (01) una herida en la región Bucal Izquierda; terminada dicha Inspección Técnica, fuimos abordados por una ciudadana quien dijo ser y llamarse: CARMEN FELICIA RAMIREZ MARTINEZ, de nacionalidad, natural de esta ciudad, de 33 años de edad, nacida en fecha 05/04/74, estado civil soltera, de profesión u oficio del Hogar, residenciada en l calle Altamira, casa numero 30, sector Colinas del frió de esta ciudad, titular de la cedula de identidad numero V-12.577.909, quien nos manifestó ser esposa del hoy occiso, y que todo sucedió al momento que se encontraban compartiendo con unos familiares frente a su residencia ubicada en la dirección antes mencionada, cuando de pronto llegaron siete sujetos desconocidos portando arma de fuego, preguntando por un muchacho de LUIS, que es de el sector, luego al ver que les respondieron que no sabían donde estaba LUIS, quisieron llevarse a un sobrino de su concubino de nombre ELVIS y fue cuando el hoy occiso quiso intervenir para que no se lo llevaran y uno de los sujetos le disparo en tres oportunidades, huyendo en velos carrera, de igual manera sostuvimos entrevista con la Ciudadana NAILETH JOSEFINA FIGUERA MARTINEZ, Venezolana, natural de esta ciudad, de 21 años de edad, nacida en fecha 30/07/87, de profesión u oficio Estudiante, residenciada en la calle Altamira, casa sin numero sector Colinas del Frió de esta ciudad, titular de la cedula de identidad numero V- 18.278.832, quien nos manifestó ser testigo presencial del hecho que se investiga y que desconoce la identidad de los sujetos que le propinaron los disparos al hoy interfecto, pero que los mismo se la pasan merodeando a dos calle abajo, donde ocurrió el hecho que se investiga, motivo por el cual procedimos a librarles las respectivas boletas de citación a las ciudadanas mencionadas como testigo a fin de que rindieran entrevistas del hecho que nos ocupa. Acto seguido nos trasladamos en compañía de la esposa del hoy occiso CARMEN FELICIA RAMIREZ MARTINEZ. Hasta el sitio del suceso, ubicado en la calle Altamira, casa numero 30, sector Colinas del Frió, de esta ciudad, con la finalidad de realizar la Inspección Técnica en el sitio del hecho y las primeras pesquisas; una vez en la referida dirección, la ciudadana antes mencionada nos señalo el sitio exacto donde ocurrió el hecho, motivo por el cual se procedió a realizar la respectiva inspección técnica del lugar, logrando colectar las siguientes evidencia de interés Criminalistico:(01) una concha marca CAVIM, calibre 9mm, terminada dicha diligencias procedimos a trasladarnos hasta la sede de nuestro despacho; una vez en dicha Sede, me traslade hasta la sala de Información Policial con la finalidad de verificar los posibles registros o solicitudes policiales que pudiera presentar el ciudadano hoy occiso, donde me entreviste con el funcionario Agente FERNANDO MEJIAS, quien luego de unos minutos me manifestó que dicho ciudadano no presenta registro alguno; motivo por el cual se le manifestó a la superioridad de las diligencias practicadas, consigno mediante la presente Acta de Investigación las inspecciones técnicas realizadas. INSPECCION TECNICA POLICIAL N° 4335 de fecha 31 de Diciembre del 2007, practicada por los funcionarios RIVAS ERICK y MARIN HECTOR , adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz, en la que deja constancia de la diligencia realizada en LA MORGUE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO LUIS RAZETTI DE BARCELONA, donde observaron sobre una camilla metálica tipo móvil el cadáver de un a persona del sexo masculino en posición de decúbito dorsal , desprovisto de vestimenta alguna observándole la siguiente características físicas: Piel de color trigueña , cabello crespo, de color negro, ojo de color pardos bigote poblado y barba escasa de un metro setenta (1.70) de estatura y de contextura regular, EXAMEN EXTERNO AL CADAVER: Una (01) herida de forma circular de bordes regulares en la región fosa iliaca izquierda una (01) herida de forma circular de bordes regulares en la región publica izquierda una (01) herida de izquierda una (01) herida de forma circular de bordes regulares en la región bucal izquierda IDENTIDAD DEL CADAVER este queda registrado según el libro de control de ingresos del referido Hospital como LEONARDO ANTONIO ARREAZA, cedula de identidad Numero V- 11.419.275, Es todo…. INSPECCION TECNICA POLICIAL N° 4336 de fecha 31 de Diciembre de 2007, suscrita por los funcionarios RIVAS ERICK y MARIN HECTOR , adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Puerto la Cruz , en la que dejan constancia de la diligencia policial realizada en LA CALLE ALTAMIRA CALLEJON ALTAMIRA SECTOR COLINAS EL FRIO VIA PUBLICA PUERTO LA CRUZ , tratándose de un sitio de suceso de los denominados abiertos correspondiente a un tramo de la vía Publica de las llamadas callejones orientada en sentido norte-sur el cual presenta su suelo natural y cemento no posee aceras ni brocales , donde se toma como punto de referencia la fachada de la vivienda 30 la cual se encuentra elaborada a base de laminas de zinc y madera revestidos con pintura de color azul para el momento de la presente inspección se aprecia temperatura calida e iluminación artificial, localizando a 4 metros de la casa antes descrita en sentido este (01) una concha perteneciente a partes de cuerpos que originalmente conformaban una bala que al ser removida del lugar original resulto ser del calibre 9 milímetro marca CAVIM, Es todo…..EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO NUMERO 633: De fecha 31 de Diciembre suscrita por el funcionario AGENTE RIVA ERICK, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Puerto la Cruz , en la que dejan constancia de lo siguiente las piezas en cuestión resultaron ser Una (01) Concha , perteneciente a partes de cuerpo que originalmente conformaban una bala para arma de fuego de proyección balística del calibre 9 milímetro que se compone por un manto cilíndrico metálico de color amarillo, garganta, culote y capsula del fulminante presentando huella de percusión directa, las pieza en estudio se encuentra en regular estado de uso y conservación y tiene el uso especifico para lo cual fueron diseñadas, es todo….ACTA DE ENTREVISTA de fecha 31 de Diciembre de 2007, tomada a la ciudadana FIGUERA MARTINEZ NAILETH JOSEFINA, titular de la cedula de identidad N° V. 18.278.832, la cual expuso “Bueno mi padre FIGUERA, mi tía de nombre CARMEN MARTINEZ y LEONARDO ARREAZA (Occiso) quien era esposo de mi tía antes mencionada y yo, nos encontramos bebiendo cerveza en la puerta de la casa y en ese momento mi papa salio a comprar unas cervezas porque se había acabado hacia la calle luego me dio sueños pase para mi casa y me fui a dormir para mi cuarto pasaron como diez minutos y escuche como unos disparos y Salí a ver que pasaba cuando me percate que el señor LEONARDO ARREAZ estaba tirado en el suelo botando sangre y a mi tía gritando fue cuando varias personas salieron ayudar a LEONARDO para montarlo en un carro y trasladarlo hasta el Hospital desde entonces nos se mas nada, es todo ”… ACTA DE ENTREVISTA de fecha 31 De Diciembre de 2007, tomada a la ciudadana CARMEN FELICIA MARTINEZ RAMIREZ titular de la cedula de identidad N° V-12.577.909, y en consecuencia expuso: “ Mi esposo de nombre LEONARDO mi hermana de nombre MAGALIS y mi persona nos encontrábamos tomándonos unas cervezas en la puerta de la casa de mi hermana Magalis cuando de repente llegaron como seis muchacho a nosotros preguntándonos por un tal Luís en ese momento yo me metí hacia la casa de mi hermana a ver donde estaban mis bebes y mi hermana MAGALIS quedo afuera como mi esposo no pasaron como veinte minutos escuche unos disparos y Salí a ver que había sido eso y encontré a mi esposo en el suelo y lo agarre fue cuando me dijo todo moribundo que le había dado un tiro en la boca luego varias personas del sector me ayudaron a trasladar a mi esposo hacia el hospital Razetti y ahí murió , es todo”…ACTA DE ENTREVISTA de fecha 31 de Diciembre de 2007, tomada al ciudadano: FLORES GARCIA REINANDO JOSE, titular de la cedula de identidad Numero 11.902.668, quien expuso: resulta que eran como la una de la mañana del día 31-12-07 yo me encontraba junto con dos personas mas tomando cerveza en un lugar llamado COMERCIAL CASABITO por la calle que esta al lado de Pollos ALEX en el frió de pronto observo que vienen hacia nosotros tres tipos con armas en las manos uno de ellos dijo quieto todo el mundo y dame la llave de la camioneta yo en principio dije que no sabia de quien era la camioneta pero en vista de a las amenazas tuve que dárselas allí nos quitaron las carteras y los celulares luego los tipos se montaron en mi camioneta y arrancaron yo conocía al tipo que dijo que era un quieto solo de vista pero mi compañero o sea PEDRO LEZAMA me dijo que ese tipo era el tal JUNIOR EL PATA E MONO, que si lo conocía por ese apodo posteriormente yo me traslade a esta sede a formular la denuncia del robo de mi camioneta pero antes hable con unas personas que me dijeron que le acaban de matar a un familiar en ese mismo sector momentos antes de lo de mi camioneta yo les describí a los tipos y ellos me dijeron que era las misma personas que me habían matado a su familiar y que al llegar donde estábamos nosotros venían era huyendo posteriormente a los días yo tuve información que mi camioneta estaba en úrica desde el 31 -12-007 en la madrugada y que la cargaba un tal HENRY MAITA junto con dos tipos mas al parecer uno de ellos era el tal JUNIOR PATA E MONO” entonces yo me fui hasta úrica allá me entreviste con un funcionario de la policía Municipal de allá y me informaron que efectivamente en la camioneta andaba el tal HENRY MAITA quien es de ese Pueblo pero la camioneta la encontraron abandonada en la entrada de úrica fui a buscar a la Guardia nacional y ellos la recuperaron posteriormente la pusieron a la orden de esta oficina, es todo”…ACTA DE ENTREVISTA de fecha 07 de Enero de 2008, tomada al ciudadano: JOSE GREGORIO GRIMONJOSE, titular de la cedula de identidad Numero 10.292.255, quien expuso: Resulta que yo me encontraba bebiendo unas cervezas con mi esposa de nombre LUISA ELENA MARCANO un vecino a quien le dicen IRO y mi hijastro Luís Alberto Marcano cuando d e pronto vemos a varios sujetos que vienen caminando desde la parte de abajo de las escaleras y la mujer de mi hijastro el cual no recuerdo el nombre le dijo a LUIS que se metiera para dentro de la casa que esos tipos eran los de sierra maestra luego ellos se metieron para dentro de la casa y yo me quede sentado afuera con mi vecino IRO y mi esposa luego cuando los tipos se pararon frente a la casa empezaron a preguntar por Luís y por otro muchacho a quien le dicen KARIKARI luego nosotros le contestamos que no conocíamos a nadie con ese nombre luego uno de los sujetos el cual reconocí a quien le dicen JUNIOR PATA DE MONO, me apunto con una pistola agarraron a un muchacho que vive en el sector de nombre ELVIS y lo querían llevar y fue cuando unos de mis vecinos LEONARDO quiso meterse para defender a ELVIS y tratar que no se lo llevaran y fue cuando PATA DE MONO y otro muchacho a quien dicen CARLITOS VAQUERO empujo a el señor LEONARDO y le disparo en varias oportunidades es todo….ACTA DE ENTREVISTA de fecha 07 de Enero de 2008, tomada al ciudadano: ALEXANDER JESUS ROJAS GONZALEZ , titular de la cedula de identidad Numero V- 15.873.248, quien expuso: Resulta que yo me encontraba bebiendo en una tasquita que queda cerca donde yo vivo acompañado de un amigo de nombre REINALDO FLORES cuando de pronto llegaron unos sujetos con armas de fuego entre ellos uno del sector quien le dicen JUNIOR PATA DE MONO y nos apuntaron y le pidieron a mi amigo de nombre REINALDO que le entregara su camioneta luego se montaron en la camioneta y se fueron del lugar, es todo……ACTA DE ENTREVISTA de fecha 08 de Enero de 2008, tomada al ciudadano: ELVIS JOSE HERNANDEZ ARREAZA, titular de la cedula de identidad Numero V-19.009.536, quien expuso: resulta que yo me encontraba donde mi abuela comprando una malta cuando salgo que me iba para mi casa a dormir veo a varios tipos entre ellos a uno que le dicen JUNIO PATA DE MONO y CARLITO VAQUERO y me llaman y me preguntan por un tal LUIS luego yo le conteste que no conocía a ningún Luís cuando de pronto JUNIOR PATA DE MONO dijo que me agarran y me iban a llevar luego la gente del sector comenzó a decirle que me soltaran que yo era un muchacho sano luego pata de Mono me dijo que me fuera y cuando voy llegando a mi casa escuche un disparo y cuando me asomo vi. a Pata de Mono y Carlitos Vaquero disparando a mi tío Leonardo, es todo. MEDICATURA FORENSE CADÁVER Nº 1128-(185) practicada por la Medico Anatomopatòlogo Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Pénales y Criminalísticas Sub Delegación Puerto La Cruz, correspondiente a la Necroscopia practicada al cadáver ARREAZA LEONARDO ANTONIO , fecha de muerte 31 de Diciembre del 2007 y, fecha de autopsia 31-12-2007 el cual presento las siguientes: LESIONES INTERNAS: TRES (03) Herida por Arma de Fuego de Proyectil Único, 1.- orificio de entrada en la región mentoniana por debajo del labio inferior izquierdo circular con halo de contusión sin tatuaje a 1.48 mts de la planta del pie y orificio de salida por la boca (orificio manual). 2.- orificio de entrada en el cuadrante supero-externo del glúteo derecho con halo de contusión sin tatuaje a 0.88 mts de la planta del pie sin orificio de salida, 3.- orificio de entrada en el flanco abdominal izquierdo con halo de contusión sin tatuaje a 1.03 mts de la planta del pie sin oficio de salida, CONCLUSIONES: Tres (03) heridas por disparos de arma de fuego de proyectil único con característica de distancia , 01 orificio de entrada en la región mentoniana izquierda fractura el maxilar y piezas dentales sale por la boca TRAYECTORIA de adelante atrás izquierda derecha ligeramente ascendente. 2 orificios de entrada en el glúteo y el muslo derecho de donde se recupera antero- superior TRAYECTORIA de atrás adelante derecha izquierda descendente. 03 orificio de entrada en flanco abdominal izquierdo sin orificio de salida el proyectil perfora abdomen y pelvis se recupera en la región publica trayectoria de atrás adelante izquierda derecha descendente es todo…RECONOCIMIENTO LEGAL SIN NUMERO: De fecha 22 de Enero del 2008 suscrita por el funcionario: ALIMY FALCON, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Sub Delegación Puerto la cruz , en la que dejan constancia : Dicha Pieza resultaron ser dos (02) proyectiles perteneciente a cuerpos originalmente conformaba una bala para armas de fuego parcialmente deformado con su respectivo blindaje de color dorado y núcleo de color gris el mismo presenta campos y estrías producto del paso por el anima del cañón así como también una deformación producto de un violento impacto contra otra superficie de igual o mayor cohesión molecular, la piezas antes descrita al ser disparada por un arma de fuego puede ocasionar lesiones de mayor o menor gravedad, es todo…..ACTA DE ENTREVISTA de fecha 08 de Enero de 2008, tomada al ciudadano: LEIDIMAR DEL VALLE ARREAZA, titular de la cedula de identidad Numero V-22.866.610, quien expuso: Resulta que yo me encontraba en mi casa ubicada en la dirección antes mencionada cuando de repente salgo de la casa y vi. a varios muchachos que son balandros del barrio entre ellos uno que le dicen JUNIOR PATA DE MONO otro a quien le dicen CARLITOS VAQUERO , BRAYAN, PATA DE POLLO y el LORITO y vi que todos ellos estaba armados luego vi que JUNIOR PATA DE MONO tenia a mi primo d e nombre ELVIS agarrado por la camisa y se lo quería llevar luego yo le dije a JUNIOR PATA DE MONO que porque se iba a llevar a mi primo si el no estaba metiendo con nadie luego JUNIOR me dijo que me quedara tranquila que me metiera para dentro porque si no me iba a dar un tiro luego yo me metí para la casa y luego escuche varios disparos y cuando Salí y vi en el piso a mi tío Leonardo muerto, Es todo….ACTA DE ENTREVISTA de fecha 25 de Febrero de 2008, tomada al ciudadano: MAGALIS MARTINEZ RAMIREZ, titular de la cedula de identidad Numero V-10.298.264, quien expuso: Bueno resulta que yo me encontraba en compañía de mi comadre de nombre YUSMELI mi hija mayor MARLIN MARTINEZ mi esposo de nombre PEDOR FIGUERA mi cuñando hoy occiso de nombre LEONARDO ARREAZA y su esposa CARMEN MARTINEZ, frente de mi residencia cuando mi esposo y mi hija mayor salieron a comprar una caja de cerveza luego de repente llegaron varios sujetos con pistolas y nos pidieron que nos metiéramos para dentro de la casa y preguntando por un tal Luís luego nosotros no le contestamos nada luego unos de los sujetos que vestía franelilla color blanca y pantalón bermuda camino hacia arriba y vio cuando venia caminando el sobrino de mi cuñado hoy occiso de nombre ELVIS y lo agarro y lo golpeo en la cabeza luego yo me metí para dentro de la casa a ver como estaban mis hijos ya que estaba muy asustado y fue cuando escuche varios disparos y cuando Salí fuera vi que mi cuñado Leonardo estaba tirado en el piso muerto, es todo….ACTA DE ENTREVISTA de fecha 26 de Febrero de 2008, tomada a la ciudadana: LUISA ELENA MARCANO, titular de la cedula de identidad Numero V-8.284.635, quien expuso: Yo me encontraba frente a mi casa ubicada en la dirección antes mencionada en compañía de mi esposo de nombre JOSE GREGORIO GRIMON un vecino a quien le dice IRO y mi hijo de nombre LUIS ALBERTO MARCANO luego llegaron varios sujetos aproximadamente ocho con pistolas buscando a mi hijo de nombre LUIS luego mi hijo se metió APRA dentro de la casa y serró la puerta de la casa y yo me quede afuera con mi esposo y mi vecino IRO luego uno de ellos a quien le dicen JUNIOR PATA DE MONO comenzó a preguntar por Luís el Indio y por un tal Kari Kari luego venia caminando un sobrino de un vecino de nombre LEONARDO ARREAZA hoy occiso y Pata de Mono lo agarro por el cuello y se lo quería llevar, es todo.ACTA DE ENTREVISTA de fecha 08 de Enero de 2008, tomada al ciudadano: PEDRO ANTONIO FIGUERA PINTO, titular de la cedula de identidad Numero V-8.338.840, quien expuso: haber escuchado un disparo y de repelente entro mi hija MARLIN gritando con un ataque de nervios diciendo que habían matado a LEONARDO. Es todo…ACTA DE ENTREVISTA de fecha 29 de Febrero de 2008, tomada al ciudadano: IRON MIKI JOSE MENDEZ, titular de la cedula de identidad Numero V-6.227.464, quien expuso: Pata de Mono agarro a un sobrino de un vecino de nombre LEONARDO ARREAZA trato de evitar que se llevaran a su sobrino ELVIS y pata de mono le comenzó a disparar luego se fueron corriendo y trasladaron a LEONARDO hacia el Hospital. Es todo..EXPERTICIA TECNICO CIENTIFICA DE SERIALES Y AVALUO REAL NUMERO :OOO: De fecha 04 de Enero del 2008 suscrita por el Funcionarios ALVAREZ ORTIZ GRENY, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas Sub Delegación Puerto la cruz quien deja constancia de los seriales de identificación del vehiculo CHEVROLET MODELO SILVERADO, PLACAS 10MM-BAF, año 1999 color ROJO PLATA, se encuentra Originales. ACTA DE ENTREVISTA de fecha 03 de Marzo de 2008, tomada a la ciudadana: BICKY YOESLIN GARCIA GUIPE, titular de la cedula de identidad Numero V-21.391.678, quien expuso: Ya que el papa de mi hija de nombre JUNIOR a quien le dicen PATA DE MONO mato a un señor por el sector el Frió el cual no conozco. Es todo….ACTA DE ENTREVISTA de fecha 29 de Febrero de 2008, tomada el ciudadano: MATAS CORPAS JEAN ARLOS ALEXANDER, titular de la cedula de identidad Numero V-16.852.900, quien expuso: Estaba tomándome unas cervezas en n una licorería que esta en el frió y llegaron tres chamos con pistolas en mano y a los tres nos quitaron todas nuestras pertenencias y le quitaron a REINALDO su camioneta marca CHEVROLET MODELO SILVERADO COLOR ROJA y se fueron. Existiendo elementos de convicción que comprometen la responsabilidad del ciudadano JUNIOR JOSE RODRIGUEZ PEREZ, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del hoy occiso LEONARDO ANTONIO ARREAZA, ya que el hecho punible es de acción pública y merece pena privativa de libertad y la acción penal no esta prescrita, por lo que al exceder el delito en su limite máximo, no impide a este Tribunal decretar una Medida de Coerción personal distinta a las Cautelares Sustitutivas según lo estipulado en el artículo 253 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia considerando la pena que podría llegarse a imponer en el caso y la magnitud del daño causado al tratarse de delitos cometidos en perjuicio del Orden Publico y la Colectividad, se encuentra acreditado una presunción razonable de peligro de fuga, por consiguiente conforme a los numerales 1°, 2° y 3° del artículo 250 en concordancia con el 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero ambos de la citada ley penal adjetiva.
SEGUNDO: Este Tribunal dada la magnitud del delito, y la pena que pudiere a llegarse a imponer al presente caso, siendo evidente el peligro de fuga, conforme al articulo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera que existe suficientes elementos de convicción en contra del ciudadano JUNIOR JOSE RODRIGUEZ PEREZ, considera procedente decretar MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por la presunta por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del hoy occiso LEONARDO ANTONIO ARREAZA, todo de conformidad con lo previsto en el artículo de conformidad con los Artículos 250, numerales 1, 2 y 3, en concordancia con el Artículo 251, parágrafo Primero ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo en lo que respecta a la solicitud de nulidad absoluta de las actuaciones solicitadas por la defensa, y por cuanto este Juzgador considera que el presente proceso se ha llevado en atención al debido proceso, al derecho a la defensa, NIEGA TAL PETICION. Así como acordar se DECRETE UNA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA a favor del imputado.
TERCERO: El Procedimiento a seguir es el Ordinario, de conformidad a lo establecido en el artículo 280 y 283 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que el Ministerio público, continúe con la investigación, y obtenga la verdad como finalidad del proceso. Líbrese correspondiente a la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, Zona Policial Nº 2, a los fines de informar la decisión dictada en este acto, sitio este de reclusión donde permanecerá detenido a la orden de este juzgado.
CUARTO: En cuanto a la solicitud de la defensa relacionada con la expedición de copias simples del expediente, se acuerda de conformidad por no ser contraria a derecho. Quedan las partes presentes notificadas de esta resolución, siendo informadas de la motivación in extenso será dictada por auto separado. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano JUNIOR JOSE RODRIGUEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.746.404, natural de 18 años de edad, nacido el 06/01/90, de profesión u oficio no definida, residenciado en la Calle Andrés Bello, callejón Altamira, casa sin número, sector Colinas Del Frío, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, a quien se le siguiere causa por ante este Tribunal por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del hoy occiso LEONARDO ANTONIO ARREAZA; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nª 02
DR. LUIS VELASQUEZ ACUÑA
LA SECRETARIA DE GUARDIA,
ABOG. CELIA CHACON