REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 12 de junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2000-002922
ASUNTO : BP01-P-2000-002922


Visto el escrito presentado por el Dr. LEONARDO REYES, actuando en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de éste Estado, en la presente causa seguida a los imputados YANETH JOSEFINA MARTINEZ Y CARLOS JOSÈ CEDEÑO domicilios ambos en la Ciudad Barcelona - Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de uno del los delitos contenidos en la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, donde solicita de conformidad con el Articulo 119 de la Ley Especial antes señalada, se ordene LA DESTRUCCIÓN DE LAS SUSTANCIAS INCAUTADA, (Droga denominada COCAÍNA BASE con un peso de DOS GRAMOS CON VEINTE CENTÉSIMAS (2,20 gs) . Al respecto este Tribunal, se avoca al conocimiento de la presente causa y pasa a hacer las siguientes observaciones:

De la revisión de las actuaciones se observa, que el Dr. LEONARDO REYES, actuando en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de éste Estado, consigno DICTAMEN PERICIAL QUÍMICO, de fecha 29 de Diciembre del 2.000, bajo el Nº CO-LC-LCO-DQ-982-2000, suscritos por el experto RAFAEL BAUTISTA NOGUERA RENGEL, adscritos al Laboratorio Científico Oriente de de la Guardia Nacional, Bolivariana de Venezuela, practicado a la sustancia incautada en fecha 09 de Diciembre del año 2000, donde se determina que la sustancia sometida a examen pericial químico resultó ser DOS GRAMOS CON VEINTE CENTÉSIMAS (2,20 gs) COCAINA BASE.

DISPOSITIVA

Por las razones expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud planteada por la Representación Fiscal y ordena la DESTRUCCION de la droga incautada; en la causa seguida a los imputados YANETH JOSEFINA MARTINEZ Y CARLOS JOSÈ CEDEÑO, con domicilios ambos en la Ciudad Barcelona - Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de uno del los delitos contenidos en la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, mediante el procedimiento de incineración de conformidad con lo previsto en el artículo 119 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Líbrese copia certificada de la presente decisión a la Fiscalía Novena del Ministerio Público, a los fines legales consiguientes. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ (T) DE CONTROL Nº 03

DRA. GABRIELA SALAZAR RONDÒN
LA SECRETARIA

DRA. SANDRA DE VELLIS