REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 21 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-002768
ASUNTO : BP01-P-2008-002768

Visto el escrito presentado por la DRA. ROSA BEATRIZ PEREZ MORENO, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca a disposición de este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido al Imputado: YOVANNY JOSÉ AREVALO AGUILERA, por los delitos de HURTO DE GANADO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera. En perjuicio del ciudadano INES MARIA MAURERA DE GOMEZ, contra quien solicito la aplicación de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, y la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Y oídos como fue el imputado debidamente asistidos por su Defensora Público, DRA. SOLANGEL GONZALEZ, previamente designada, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Se califica la aprehensión del imputado YOVANNY JOSÉ AREVALO AGUILERA, como flagrante y se establece el procedimiento a seguir Ordinario, de conformidad con lo establecido en los Artículos 248, 373 y 280 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Revisadas las presentes actuaciones tal como fue Acta policial cursante a los folios cuatro (04) y Cinco (05), suscrita por el funcionario SARGENTO SEGUNDO RAMON AGUILERA, adscrito, a la Zona Policial N° 03, quién expone: “encontrándome de servicio en el Distrito Policial N° 31, de Santa Fe, cuando se presento una ciudadana que se identifico como INES MARIA MAURERA DE GOMEZ, quien informo que en el sector Asentamiento Ayacucho, Municipio Bruzual, dos sujetos estaban cometiendo un hurto de ganado de su propiedad, donde habían pasado y tenían unas reses amarradas, en el terreno de la finca “El Martillo” propiedad del ciudadano José Manuel Gil, de inmediato se procedió, a constituirse y traslado…en compañía de los funcionarios Agentes NOLANS CHIVICO Y LEONEL PARICA, una vez en las adyacencias del referido sector fuimos abordados por un ciudadano que se identifico como MIGUEL JOSE GOMEZ MAURERA, hijo de la ciudadana denunciante el cual nos indico el lugar donde presuntamente había visto a unos sujetos con las reses amaniatadas, se procedió a introducirnos a la zona montañosa punto a pie, en búsqueda de los facinerosos, logrando ubicar a unos trescientos metros de recorrido a dos personas que tenían sujetada a una res al tronco de un árbol, procediéndose a darle la voz de alto, quienes al notar la presencia policial, optaron por salir corriendo tratando de ocultarse, los mismos haciendo caso omiso, logrando darle captura a pocos metros, de los cuales uno de ellos vestía una braga de color azul….procediendo con el articulo 205 del Código Orgánico Procesal Penal, incautándole en su poder a uno de ellos que dijo llamarse YOVANNY JOSE AREVALO AGUILERA: UN (01) SACO DE MATERIAL SINTETICO, COLOR BLANCO CON EMBLEMA QUE SE LEE “SUPER-S, SUPERITO” CON DIBUJOS DE AVES, CONTENIENDO EN SU INTERIOR DOS (02) ARMAS BLANCAS (CUCHILLOS) DE ACERO INOXIDABLE, (01) MARCA “HI TECH STAINLES STEEL”, 01 MARCA “CONDORD” CACHA DE MADERA COLOR MARRON, UNA (01) HACHA CON CABO DE MADERA COLOR MARRON SIN MARCAS VISIBLES Y SEIS (06) BOLSAS PARA BASURA DE MATERIAL PLASTICO COLOR NEGRO. Y a la otra persona quien dijo ser adolescente y llamarse JHONNY JAVIER GONZALEZ CAMACHO: se le incauto en su poder UN ARMA BLANCA (MACHETE) SIN MARCAS VISIBLES, CACHA DE MADERA COLOR MARRON…se procedió a realizar la aprehensión formal…” asimismo Cursa al folio seis (06) y Siete (07) DENUNCIA NRO 184-08, de fecha 19/06/2008, interpuesta por la ciudadana Inés Maria Maurera De Gómez, quien expone: “Resulta que el día de hoy en horas de la tarde, aproximadamente las 06:30 PM, yo me encontraba en mi residencia, cuando llego mi hijo Luis Alberto Gómez, corriendo quien se encontraba recogiendo el ganado, me dijo que había visto a dos sujetos vestidos con bragas azules, que se encontraban dentro del cercado de mi propiedad donde esta el ganado, que cuando lo vieron se escondieron hacia el monte, fue cuando mi hijo mayor de nombre Miguel José Gómez, salio hacia a ver lo que sucedía y al rato regreso y me dijo también que había visto a los sujetos que tenían cuatro (04) de la reses amarradas en los terrenos de la finca “El Martillo” propiedad del ciudadano Manuel Gil, motivo por lo que fui a la policía de Santa Fe a participar lo que estaba sucediendo y fueron al lugar donde mi hijo Miguel José Gómez les indico y agarraron a dos muchachos con una de las reses de mi propiedad, quienes son trabajadores de la finca del ciudadano Manuel Gil, conocido como chupin, motivo por el cual denuncio. Es todo…Igualmente Cursa al folio 08 y 09 ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2008, rendida por el Ciudadano LUIS ALBERTO GOMEZ MAURERA, quien entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “…me encontraba recogiendo el ganado cuando mire a dos sujetos vestidos con unas bragas azules, que estaban en el terreno de la propiedad de mi mama, donde tenemos el ganado, cuando me vieron se tiraron al monte a esconderse, yo Salí corriendo y le fui avisar a mi mama Ines Noguera y a mi hermano Miguel Gómez Noguera, fue cuando mi hermano también fue a dar un recorrido y al parecer miro los sujetos que tenían una res amarrada de las cuatro que faltaban, que también se regreso avisar, fue cuando mi mama fue a la policía de Santa Fe y llego una patrulla y se metieron a los terrenos donde mi hermano le había indicado que había visto a los sujetos con la vaca amarrada, luego mi hermano llego a la casa y me dijo que la policía había agarrado a dos personas y que también habían encontrado la vaca de nuestra propiedad, que teníamos que ir a la policía a declarar. Es todo…. Cursa Al folio 10 y 11, ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2008, rendida por el Ciudadano MIGUEL JOSE GOMEZ MAURERA, quien entre otras cosas deja constancia de lo siguiente: “…Estaba llegando a la casa cuando mi hermano Luis Alberto Gómez le estaba diciendo a mi mamá que había visto a dos sujetos vestidos con unas bragas azules, que estaban en el terreno de nuestra propiedad donde tenemos el ganado, que lo habían visto y se habían escondido en el monte, fue cundo fui a ver lo que pasaba y en recorrido me metí hacia los terrenos de la finca “El Martillo” que es propiedad del ciudadano José Manuel Gil, donde mire a dos ciudadanos que tenían una res amarrada que llegue a reconocer como una de las cuatro que faltaban por lo que regrese avisar a mi mamá…fue a la policía de Santa Fe, llego una patrulla y la policía agarro a las dos personas detenidas con la vaca amarrada.
TERCERO: En consecuencia considera este Tribunal que existen elementos de convicción suficientes para hacer presumir la participación del imputado YOVANNY JOSÉ AREVALO AGUILERA, por el delito de HURTO DE GANADO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuicio del ciudadano INES MARIA MAURERA DE GOMEZ, precalificación jurídica de carácter provisional, , hecho punible que es de acción publica y merece pena privativa de libertad y la acción penal no esta prescrita. Asimismo, a los fines de considerar la presunción razonable del peligro de fuga u obstaculización de la investigación, por la pena que podría llegar a imponerse en el presente caso, el daño causado y la conducta predelictual del Imputado, es por lo que se hace procedente y así se decreta MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a favor del imputado YOVANNY JOSÉ AREVALO AGUILERA, por los delitos de BENEFICIO DE GADO AJENO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera. en perjuicio del ciudadano INES MARIA MAURERA DE GOMEZ, todo de conformidad con lo establecido en los numerales 3° y 4° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en: 1-) Presentación por ante este Tribunal cada Treinta (30) días, 2-). Prohibición de ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal sin autorización, declarándose en consecuencia sin lugar el pedimento de la defensa de que se otorgue libertad sin restricciones al imputado.

CUARTO: Líbrese el correspondiente oficio participando la Libertad del imputado, dirigido a la Zona N° 03 del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Anzoátegui.

QUINTO Se deja constancia del cumplimiento de los principios generales que rigen el proceso judicial penal relativos a la oralidad, inmediación y concentración. Y así se decide.
DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a favor del ciudadano YOVANNY JOSÉ AREVALO AGUILERA, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.799.833,donde nació en San Francisco Peñalver, en fecha: 12/10/1980, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos: RAMON AREVALO y NANCY AGUILERA (f), residenciado en: El Tejar en la Terrazas Bolivarianas S/N. Estado Anzoátegui, por el delito de HURTO DE GANADO, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera. En perjuicio del ciudadano INES MARIA MAURERA DE GOMEZ, todo de conformidad con lo establecido en los numerales 3° y 4° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, Regístrese. Notifíquese. Librase los Oficios correspondientes. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL Nº 05 DE GUARDIA,
DR. JOSE TOMAS BELLO MEDINA.
EL SECRETARIO DE GUARDIA,
ABG. ALI RAFAEL SALAVARRIA.