REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 30 de junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-002852
ASUNTO : BP01-P-2008-002852

Visto el escrito presentado por el Dr. VON RICHELMAN RUIZ RAMOS, actuando en su condición de Fiscal Primero del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual solicita se libre ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano ANYELO JOSE FLAUTES CURBATA, a quien se le imputa la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del hoy occiso ANYERVER ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, en consecuencia, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:
HECHOS IMPUTADOS
“El día 23 de Marzo de 2008, siendo las 06:00 de la mañana, el ciudadano ANYERVER ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, se encontraba en la Plaza de la Población de San Bernandino, Municipio Bolívar, estado Anzoátegui, en compañía de unos amigos de nombres NUMAN JOSE MARCHAN MONTEVERDE y JOSE DUVIN MALPA BURIEL, cuando se presentó al lugar, el ciudadano ANYELO JOSE FLAUTES CURBATA, portando un arma de fuego tipo escopeta, la cual sin mediar palabras, y encontrándose a poca distancia de ANYERVER LOPEZ, accionó el arma de fuego que portaba, efectuándole un disparo, impactando en la humanidad de dicho ciudadano, específicamente con entrada a nivel del cuello y salida a nivel de la región fronto temporal derecha, lo que le produjo la muerte al referido ciudadano, siendo tal hecho presenciado por varias personas que se encontraban en el lugar, quienes manifestaron que efectivamente el Imputado fue el autor del disparo que le ocasionó la muerte al ciudadano ANYERVER ENRIQUE LOPEZ LOPEZ”.

ELEMENTOS PRESENTADOS POR LA FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO

1. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 23 de Marzo de 2008, suscrita por CARLOS VASQUEZ, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación de Barcelona, donde deja constancia de la siguiente diligencia policial: “Siendo las nueve y cuarenta y cinco horas de la mañana del odia de hoy, encontrándome en labores de servicio en ese Despacho se recibió llamada telefónica de parte de la centralista de guardia de la Policía del Estado Anzoátegui, informando que en una de las aceras que bordea la Plaza Bolívar del caserío San Bernandino Barcelona estado Anzoátegui, se encontraba el cuerpo sin vida de una persona del sexo masculino, por lo que opté a trasladarme a dicha dirección en la unidad P-747, en compañía del Funcionario William Ivimas, una vez en le prenombrada dirección plenamente identificados como Funcionarios adscritos a este Cuerpo Policial y manifestar el motivo de nuestra presencia sostuvimos entrevista con una ciudadana quien dijo ser y llamarse; EVELIN DESIREB LOPEZ LOPEZ, de 25 años de edad, natural de esta ciudad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.900.027, residenciada en la cale las flores, cruce con calle el Carmen, Brisas del Mar, Barcelona, estado Anzoátegui, manifestando ser hermana del hoy occiso a quien identificó como ENYERVER ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, de 20 años de edad, natural de esta ciudad, soltero, nacido en fecha 04-03-87, titular de ka cédula de identidad Nro. V-19.651.866, residenciado en la calle principal del Caserío Botalón Barcelona estado Anzoátegui, posteriormente nos mostró el lugar exacto donde se encontraba el cadáver de su hermano por lo que luego de realizar la respectiva inspección del sitio del suceso, realizamos un recorrido a fin de recabar alguna evidencia de interés criminalístico que nos ayude al esclarecimiento del caso que nos ocupa, siendo esto infructuoso, por lo que procedimos a la remoción del cuerpo a fin de trasladarlo hacia la Morgue del Hospital Razetti de esta ciudad, para realizarle necroscopia de ley correspondiente de igual manera dicha ciudadana nos informó que el ciudadano que le dio la muerte a su hermano es conocido por el sector como ANGELO FLAUTE, y que para el momento de ocurrir los hechos su hermano se encontraba en compañía del ciudadano JOSE DURBIN MALPA, luego nos trasladamos hacia dicho anfiteatro, una vez en el lugar previamente identificados como Funcionarios adscritos a esta sede y manifestar el motivo de nuestra presencia sostuvimos entrevista con el ciudadano Jesús Fernández, quien dijo ser uno de los Mozos, mostrándonos el lugar exacto donde se encontraba el cuerpo inerte de una persona del sexo masculino, tendido en una cama metálica desprovisto de su vestimenta presentando las siguientes heridas; UNA EN LA CARA LATERAL IZQUIERDA DEL CUELLO, UNA EN LA REGION ZIGOMÁTICA (PÓMULO) CON OBOTONAMIENTO, de igual se procedió a realizar la inspección del cadáver, posteriormente sostuvimos entrevista con un ciudadano que se identificó como MALPA BURIEL JOSE DUBIN, de 22 años de edad, natural de esta ciudad, titular de la cédula de identidad V-18.596.341, residenciado en la calle principal del sector Botalón, casa sin número, vía cero de Piedra Barcelona estado Anzoátegui, informando que momentos que el se encontraba en compañía del hoy occiso y de NIUMAR MONTE VERDE, tomándose unas cervezas paso por frente de ellos ANGELO FLAUTE, luego este se quitó del lugar fue cuando escuchó un disparo y cuando fue a ver lo que pasaba vio corriendo con una escopeta en la mano a ANGELO FLAUTE, y en el piso estaba tirado ENYERVER LOPEZ, sangrando a todas las personas antes mencionadas se le hizo entrega de boleta de citación a fin de que comparezcan por ante este Despacho a rendir entrevista, posteriormente optamos por retornar al despacho una vez en la sede me trasladé hacia nuestra sala de información policial a fin de verificar si el hoy occiso presentaba historial policial o se encontraba requerido por algún cuerpo policial, una vez en dicha sala después de introducir los datos luego de una breve espera pude constatar que el hoy occiso no presentaba solicitud alguna ni historial policial, consigno en la presente Acta de Inspección Ocular de sitio del suceso y del cadáver. Se le informó a la superioridad de las diligencias practicadas.”
2. INSPECCION TÉCNICA POLICIAL, practicada en fecha 23 de Marzo de 2008, por WILLIAMS IVIMAS y CARLOS VASQUEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación de Barcelona, en la PLAZA BOLIVAR DEL CASERIO SAN BERNARDINO, BARCELONA, ESTADO ANZOATEGUI, lugar donde se dejó constancia de lo siguiente: “Trátese de un sitio de suceso ABIERTA, correspondiente a un tramo de una acera que se encuentra ubicada en la parte ESTE, de la referida Plaza, la misma de cemento rústico, en ella se observa el cuerpo inerte de una persona del sexo masculino, en posición de decúbito dorsal, cuyo cuerpo se encuentra parcialmente cubierto por una sábana confeccionada en fibras de material sintético teñida de color blanca y parcialmente impregnada de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática con mecanismo de formación por contacto. Una vez descubierto totalmente se le observa como vestimenta: un pantalón teñido en color blanco, confeccionado en fibras de material sintético, una franela confeccionada en fibras de algodón teñida en color azul con rayas blancas y grises; un par de botas color marrón, una correa de cuero color negra, al ser inspeccionado sus bolsillos se le encuentra y colecta una cédula de identidad de forma rectangular protegida por un material sintético transparente donde se lee en letras color negra: ENYERVER ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, en su parte inferior derecha se observa una fotografía que por sus rasgos fisonómicos corresponde a una persona del sexo masculino y en la parte superior derecha se observan los dígitos: V-19.651.866. para el momento de practicar la presente Inspección Técnica se constató lo siguiente: Temperatura ambiental cálida e iluminación al natural de buena intensidad. Caso relacionado con la Comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO).”
3. INSPECCION TÉCNICA POLICIAL, practicado en fecha 23 de Marzo de 2008, por WILLIAMS IVIMAS y CARLOS VASQUEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación de Barcelona, en la SALA DE AUTOPSIA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DR. LUIS RAZETTI, BARCELONA, ESTADO ANZOATEGUI, donde deja constancia de la siguiente diligencia policial: “En el precitado lugar se encuentran sobre un mesón fijo, se encuentra el cadáver de una persona de sexo masculino, en posición de decúbito dorsal, una vez desprovisto de vestimenta, se procedió a la Inspección Técnica Externa presentando las siguientes características fisonómicas: Piel color morena, estatura de un metro sesenta centímetros, de contextura fuerte, cara ovalada, frente amplia, ojos regulares, cejas pobladas, nariz perfilada, mentón pequeño, cabellos largos y grueso, orejas regulares, barbas y bigotes escasos. HERIDAS EXTERNA DEL CADÁVER: se le aprecian las siguientes heridas: UNA HERIDA DE BORDES REGULARES EN LA CARA LATERAL IZQUIERDA DEL CUELLO, UNA HERIDA DE BORDES REGULARES, EN LA REGION ZIGOMÁTICA DERECHA (PÓMULO) CON ABOTONAMIENTO; todas estas producidas por el paso de cuerpos de mayor o igual cohesión molecular. IDENTIDAD DEL CADÁVER: El referido cadáver quedó registrado como: ANGERBERT ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, de 20 años de edad, portador de la cédula de identidad V-19.651.866, se le practicó la respectiva NECRODACTILIA, con la finalidad de verificar su verdadera identidad. Para el momento de practicar la presente Inspección Técnica Policial se constató lo siguiente: Temperatura ambiental fresca e iluminación artificial de buena intensidad”. Caso relacionado con la comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMCIDIO).”
4. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 23 de Mayo de 2008, tomada a la ciudadana EVELIN DESIREE LOPEZ LOPEZ, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.900.027, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, de 25 años de edad, nacida en fecha 24/03/83, de profesión u oficio Agente de la Policía del Estado Anzoátegui, de estado civil Soltera, residenciada en la calle Las Flores, casa número 11-75, Barrio Brisas del Mar, Barcelona, estado Anzoátegui, quien expuso: “Bueno resulta que el día de hoy a las seis de la mañana un sujeto de nombre ANGELO FLAUTE, asesinó a mi hermano de nombre ANYERVER LOPEZ, con una escopeta, todo fue por un problema con una muchacha de quien no se su nombre ya que ella era novia de ANGELO y luego fue novia de mi hermano.”
5. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27 de Marzo de 2008, tomada al ciudadano NUMAN JOSE MARCHAN MONTEVERDE, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.569.391, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la calle El Progreso, casa sin número, sector San Bernandino, Estado Anzoátegui, quien expuso: “Bueno yo me encontraba comiendo empanada en compañía de los ciudadanos DUVIN, JOSE LUIS OCHOA, ANGELVER (occiso) de repente escuché una detonación de un disparo uy cuando volteo me doy cuenta que estaba ANGELO corriendo y ANYERBER esta tirado en el suelo, y DUVIN, comenzó a gritar que habían matado a ANYERBER, luego DUVIN, salió a buscar auxilio para la casa de ANYERBER (occiso), luego llegaron los familiares y se llevaron en una patrulla de la policía del estado.”
6. ACTA DE ENTREVISTA, tomada en fecha 29 de Marzo de 2008, tomada al ciudadano JOSE DUVIN MALPA BURIEL, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.569.341, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la casa sin número, ubicada en la calle principal de la Población de Botalón, estado Anzoátegui, quien expuso: “Bueno resulta que yo me encontraba con ANYERVER LOPEZ y otro chamo de nombre NEIUMAN MONTEVERDE, en la plaza de San Bernardino estado Anzoátegui, comiendo empanada y conversando, en eso llega un chamo de nombre ANGELO, con una escopeta en la mano y sin mediar palabra, le dio un tiro a ANYERVER LOPEZ, y cuando ANYERVER, esta tirado en el piso lleno de sangre, le decía “VISTE BRUJA QUE TE IBA A MATAR”, luego ANGELO, se fue caminando con la escopeta en la mano, y nosotros salimos corriendo, luego que ANGELO, se fue, nosotros fuimos a donde se encontraba tirado ANYERVER, para ayudarlo, pero el ya estaba muerto.”
7. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30 de Marzo de 2008, tomada al ciudadano LUIS JOSE OCHOA MOY, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.238.804, natural de San Bernandino, estado Anzoátegui, de 44 años de edad, nacido en fecha 08-05-1964, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en la vivienda tipo rancho, ubicada en la calle principal de la población de San Bernandino, Barcelona, estado Anzoátegui, quien expuso: “Resulta que yo me encontraba en la Plaza de San Bernandino, vendiendo empanada, en eso me llaman tres muchachos, para que le vendiera unas empanadas, en eso llegó un sujeto con un arma y le disparó a uno de los muchachos que estaban comiendo empanada, luego el sujeto se fue corriendo y el otro cayó en el suelo llegó de sangre.
8. ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 01 de Abril de 2008, tomada a la ciudadana NANYELITH ALEXANDRA GUAIPO OCHOA, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-21.174.982, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, de 14 años de edad, nacido en fecha 22-02-1994, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Estudiante, residenciado en la casa número 10, ubicada en la calle Nro. 06, Sector Barrio Lindo, Barcelona, estado Anzoátegui, quien expuso: “Resulta que ENYERVER, era mi novio, y ANYELO gustaba de mi persona, ellos trabajaban juntos, y ANYELO le vivía diciendo a ENYERVER, que iba a quedarse conmigo, entonces un día yo estaba con mi novio, de nombre ENYERVER, y ANYELO nos vio y invitó a pelear a ENYERVER, luego lo desapartamos y desde esa fecha ellos comenzaron a tener problemas e inconvenientes, y el día 23 de marzo del presente año, me enteré que ANYELO había matado a mi novio de nombre ENYERVER.”
9. PROTOCOLO DE AUTOPSIA NRO. 09700-139-231-08, practicado en fecha 23 de Marzo de 2008, por la Dra. ESLEIDA BARROSO, Médico Anatomopatólogo Forense, adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación de Barcelona, al cadáver de ANYERVER ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, quien presentó: “...Heridas por arma de fuego a proyectil múltiple con orificio de entrada único con características de próximo contacto en la región antero lateral izquierda del cuello (a 1.48 CMS), con orificio de salida en región fronto temporal derecha (A 1.60 CMS DE ALTURA). PRODUCE: lesión importante de vasos del cuello (lado izquierdo) fractura de base de cráneo, hemorragia cerebelosa. Edema cerebral y cerebelosa. Muestra Histológica: No. Muestra Toxicológica: No. Se extrajo proyectil: Sí (02) perdigones se anexan. Causa de la Muerte: Edema cerebral severo, laceración y hemorragia cerebelosa, lesión de vasos del cuello. Certificación: Edema cerebral severo. Laceración y hemorragia cerebelosa. Lesión de vasos del cuello. Herida por disparo de arma de fuego a proyectil múltiple.”
10. EXPERTICIA DE RECONOCIMIENTO LEGAL NRO. 259, practicada en fecha 04 de Abril de 2008, por ERICK RIVAS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación de Barcelona, a las siguientes evidencias: “01.-DOS SEGEMENTOS DE METAL: Presentando las siguientes características individualizantes. Perteneciente a partes del cuerpo que originalmente conformaba la Posta de un Cartucho, elaborado en metal, deformados, de color gris. CONCLUSIÓN: 01.-Podemos decir que la pieza suministrada, tiene el uso específico para la cual fue diseñada. 02.-La pieza suministrada, produce lesiones de mayor o menor gravedad e incluso la muerte, por efecto de sus impactos perforantes o rasantes y dependiendo de la región corporal comprometida. 03.-Dichas evidencias quedaran en calidad de depósito en la sala de Resguardo de Evidencia policial, a fin de futuros estudios.”
11. ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL, de fecha 05 de Abril de 2008, suscrita por el funcionario Agente OSWALDO JOSE ARAY, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación de Barcelona, donde deja constancia de la siguiente diligencia policial: “En esta misma fecha, y prosiguiendo con las averiguaciones relacionadas con la cusa signada con el número H-874.201, el cual es instruido por ante este despacho, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Persona, me trasladé hacia la siguiente dirección: Caserío San Bernandino, Municipio Bolívar, Barcelona, estado Anzoátegui, en compañía del funcionario Agente JUAN GONZALEZ, a bordo de la unidad P-909, con la finalidad de ubicar e identificar plenamente al sujeto apodado “EL ANGELO”, el cual aparece mencionado en actas procésales anteriores, como presunto autor del hecho que se investiga, una vez en la presente dirección luego de identificarnos como funcionarios adscritos a este cuerpo policial e imponer el motivo de nuestra presencia, sostuvimos entrevista con varios moradores del sector, quienes al manifestar el motivo de nuestra presencia, los mismos se negaron rotundamente a aportar sus datos filiatorios por temor a futuras represalias, de la misma manera nos informaron, que tuvieron conocimiento del hecho por medio de tercero, de la misma manera nos indicaron una casa de color rosada, ubicada en la calle Bolívar del Sector Bernandino, donde supuestamente reside el sujeto apodado “EL ANGELO”, por lo que optamos a trasladarnos hasta la referida vivienda, donde fuimos atendidos por una ciudadana quien dijo ser y llamarse como queda escrito CURBATA FLAUTE ANGELA ROSA… quien manifestó ser la progenitora del ciudadano requerido por la comisión, identificándolo de la siguiente manera: FLAUTES CURBATA ANYELO JOSE… y en cuanto a los hechos, manifestó desconocer los pormenores del mismo, acto seguido optamos por retornar hasta nuestras oficinas, donde una vez en la misma me dirigí hacia la sala de Sistema Integral de Información Policial (SIIPOL) enlace ONIDEZ, donde una vez introducido los datos en el referido sistema, el mismo arrojó que al ciudadano FLAUTES CURBATA ANYELO JOSE, le corresponde el número de cédula V-20.874.874, y el mismo no posee registro policial alguno por ante nuestro sistema policial, se le informó a la superioridad de la diligencia practicada.”
12. CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN, expedido por la Médico Anatomopatólogo Forense, Dra. Esleida Barroso, adscrita el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación de Barcelona, donde deja constancia de Autopsia practicada al cadáver de ANYERVER LOPEZ.
13. LEVANTAMIENTO PLANIMETRICO, practicado por JACKSON CABRITA, adscrito al Área de Reconstrucción de Hechos, Departamento de Criminalística Anzoátegui del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, en el lugar de los hechos, dejando constancia del lugar donde fue localizado el cadáver de la victima, así como representación del sitio del suceso.
14. TRAYECTORIA BALÍSTICA NRO. 0347, practicada en fecha 09 de Abril de 2008, por LUIS DECENA, adscrito al Área de Reconstrucción de Hechos, Departamento de Criminalística Anzoátegui del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, estableciendo como conclusiones: “1.-Considerando las características de la herida que presentí la victima y descrita en el correspondiente protocolo de autopsia, se puede inferir que estas son causadas por proyectiles efectuado con arma de fuego en este caso el tipo de arma de fuego mas probable empleada en dicha acción una del tipo Escopeta. 2.-Considerando las características y la ubicación de la herida descrita en el correspondiente protocolo de autopsia y tomando en cuenta particularidades del sitio del suceso, se puede inferir que la victima, para el momento de recibir el impacto de proyectil múltiple, se encuentra en el mismo plano superficial que el tirador pero a un nivel inferior, con su región lateral izquierda en dirección al mismo y su región cefálica inclinada hacia atrás y a la izquierda. 3.-El Tirador para el momento de efectuar el disparo que ocasiona la herida descrita en el correspondiente protocolo de autopsia, se encuentra ubicado hacia la parte anterior lateral izquierda con respecto a la victima, en un mismo plano superficial pero a un nivel superior, con el cañón del arma de fuego en dirección a la zona anatómica comprometida. 4.-De acuerdo a las características de la herida y tomando en cuenta la información suministrada por el protocolo de autopsia donde reflejan “con características de próximo contacto” se puede establecer que el disparo fue efectuado a una distancia no mayor de un (01) metro.”
Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano ANYELO JOSE FLAUTES CURBATA, es el autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del hoy occiso ANYERVER ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, y como quiera que en el presente caso existe peligro de fuga u obstaculización en la búsqueda de la verdad, por la magnitud del delito, y llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que considera este Juzgado de Control DECRETAR ORDEN DE APREHENSION en contra del mismo. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano ANYELO JOSE FLAUTES CURBATA, quien es venezolano, natural de Barcelona, estado Anzoátegui, de 19 años de edad, nacido en fecha 10/08/1988, residenciado en Caserío de San Bernandino, Municipio Bolívar, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del hoy occiso ANYERVER ENRIQUE LOPEZ LOPEZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de captura y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz, con el objeto de que practiquen la captura del referido ciudadano, y por lo tanto, una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirá dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Tribunal de Control Nº 05, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 05,
DR. JOSE TOMAS BELLO MEDINA
EL SECRETARIO,
ABOG. ALI SALAVERRIA
Resolución
Orden de Aprehensión
Asunto: BP01-P-2008-002852
Fecha: 30/06/2008
JTBM/raquel.-