REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 26 de junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2007-004262
ASUNTO : BP01-P-2007-004262
ASUMIENDO PODER JURISDICCIONAL POR APLICACION DEL ARTICULO 164 DEL COPP Y SENTENCIA DEL T.S.J.
Corresponde a este Tribunal de Juicio Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, asumir el CONTROL JURISDICCIONAL en la causa seguida a los acusados IDENTIDADES OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, AGAVILLAMIENTO EN GRADO DE COAUTOR, previstos en los artículos 458, 174, 286, del Código penal en relación con el articulo 83 Ejusdem en perjuicio de los ciudadanos MIRIAN AURORA DA COSTA GOMEZ PEÑA, TANIA GARGANO NAVARRO, CARLA VANESSA IZQUIERDO PARILLI, MARIA COROMOTO SALAS VILLALBA, JOSE LUIS UGARTE PARRA, FRANCISCO JAVIER RUI SCHETTINO, SIMON JESUS RONDON NAVAS, GERARDO RAFAEL ESCALONA RAMIREZ, DIEGO ANTONIO RODRIGUEZ GOMEZ y FRANK MICHELE LA MANA GONCALVES Y VIOLENCIA PSICOLOGICA tipificado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y VIOLACION tipificado en el articulo 374 del Código penal en perjuicio de las Ciudadanas MIRIAN AURORA DA COSTA GOMEZ PEÑA, CARLA VANESSA IZQUIERDO Y TANIA GARGANO NAVARRO; conforme lo indicado en el articulo 164 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por disposición expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente y en estricto cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02 de Abril de 2007 y lo hace en los siguientes términos:
I
En fecha 11 de Enero del 2008, el tribunal dictó auto convocando a las partes intervinientes en el presente asunto, para la celebración de un SORTEO ORDINARIO, para la selección de los Escabinos; es decir de las personas que han de integrar el Tribunal Mixto con Escabinos que ha de conocerla causa seguido en contra de los jóvenes IDENTIDADES OMITIDA, por la comisión de los delitos de por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, AGAVILLAMIENTO EN GRADO DE COAUTOR, previstos en los artículos 458, 174, 286, del Código penal en relación con el articulo 83 Ejusdem en perjuicio de los ciudadanos MIRIAN AURORA DA COSTA GOMEZ PEÑA, TANIA GARGANO NAVARRO, CARLA VANESSA IZQUIERDO PARILLI, MARIA COROMOTO SALAS VILLALBA ,JOSE LUIS UGARTE PARRA, FRANCISCO JAVIER RUI SCHETTINO, SIMON JESUS RONDON NAVAS, , GERARDO RAFAEL ESCALONA RAMIREZ, DIEGO ANTONIO RODRIGUEZ GOMEZ y FRANK MICHELE LA MANA GONCALVES Y VIOLENCIA PSICOLOGICA tipificado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y VIOLACION tipificado en el articulo 374 del Código penal en perjuicio de las Ciudadanas MIRIAN AURORA DA COSTA GOMEZ PEÑA, CARLA VANESSA IZQUIERDO Y TANIA GARGANO NAVARRO, el cual se llevó a cabo en fecha 30 de Enero de 2008, fijándose la constitución del Tribunal Mixto para el día Martes 28-02-08, fecha esta en la cual se difirió en virtud de que en la citada oportunidad no concurrieron algunas de las partes, fijándose para el día 02-04-08, difiriéndose nuevamente dicho acto para el 18 de Abril del 2008, siendo nuevamente diferido para el 19 de Mayo del 2008, y de allí hubo de ser diferido nuevamente para el 20-06-08, estos diferimientos se debieron en su mayoría a la misma razón, incomparecencia de los escabinos, es por ello que en esta ultima oportunidad los acusados ejercieron su derecho a ser juzgados por un tribunal unipersonal y así lo solicitaron a este tribunal.
Ahora bien, el único aparte del artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado en este proceso por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, establece: “… Realizadas efectivamente cinco convocatorias, sin que se hubiere constituido el Tribunal por inasistencia de los escabinos, el acusado podrá ser juzgado, según su elección, por el Juez profesional que hubiere presidido el Tribunal Mixto.”
II
Del análisis de la norma señalada ut-supra; se infiere que es potestativo del acusado seleccionar el Tribunal que lo va a Juzgar, y en sentencias números 3.744 de fecha 22-12-02 y ratificada en sentencia Nº 2.598 de fecha 16-11-04, que interpreta el alcance y contenido de los artículos que 26 y 49.3 constitucionales, con relación a las dilaciones judiciales del proceso penal, se estableció lo siguiente : “….Esta Sala, con miras a ordenar el proceso penal en relación con los articulo 26 y 49.3 constitucionales y los derechos que ellos otorgan, considera que es una dilación indebida la que ocurre cuando el tribunal con escabinos no puede constituirse después de dos convocatorias correspondientes y que, ante esta situación, el Juez profesional que dirigirá el juicio, debe asumir totalmente el poder jurisdiccional sobre la causa, por lo que deberá llevar adelante el juicio prescindiendo de los escabinos.”(Las negritas son nuestras). En sentencia de fecha 02 de Abril del 2007 con ponencia del Dr. PEDRO RONDON HAAZ, la Sala Constitucional expreso: “ luego de que fueron realizadas efectivamente las convocatorias correspondientes sin que hubiera sido posible la constitución del tribunal Mixto, el imputado tiene el derecho de solicitar se le juzgue por el juez posesional que hubiera presidido el tribunal Mixto y solo a el esta atribuida legalmente la potestad para que el impulso del cambio de la naturaleza del Tribunal de Juicio que atendrá el conocimiento de la causa, de Mixto a Unipersonal…” ( negrillas nuestras).
En el caso de marras, se realizaron las convocatorias de Ley, sin que se hubiese logrado la constitución del Tribunal Mixto, por la inasistencia de los escabinos; motivo por la cual este decisor considera que en el presente Asunto hay una dilación indebida; y en consecuencia, compartiendo el criterio sustentado por el Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia anteriormente comentada; con el carácter de Juez profesional, asume el poder jurisdiccional en la causa de marras y ordena la celebración del Juicio al ciudadano con un Tribunal Unipersonal, prescindiéndose de los escabinos, el cual se celebrara el día 28 DE Julio de 2008 a las 02:00 PM.- Convóquese a todos los que deban asistir al Juicio. y así se decide.
Por todos los fundamentos antes expuestos; este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Penal del Estado Anzoátegui. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con la sentencia de fecha 2 de Abril del 2007 y con carácter vinculante, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, con ponencia del Dr. PEDRO RONDON HAAZ; y de cumplimiento obligatorio para todos los jueces de instancia, que interpreta el alcance y contenido de los artículos 26 y 49.3 constitucionales. RESUELVE : PRIMERO: ORDENAR la celebración del Juicio Oral y Privado con un Tribunal Unipersonal prescindiéndose de los Escabinos, a los acusados IDENTIDADES OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, AGAVILLAMIENTO EN GRADO DE COAUTOR, previstos en los artículos 458, 174, 286, del Código penal en relación con el articulo 83 Ejusdem en perjuicio de los ciudadanos MIRIAN AURORA DA COSTA GOMEZ PEÑA, TANIA GARGANO NAVARRO, CARLA VANESSA IZQUIERDO PARILLI, MARIA COROMOTO SALAS VILLALBA ,JOSE LUIS UGARTE PARRA, FRANCISCO JAVIER RUI SCHETTINO, SIMON JESUS RONDON NAVAS, , GERARDO RAFAEL ESCALONA RAMIREZ, DIEGO ANTONIO RODRIGUEZ GOMEZ y FRANK MICHELE LA MANA GONCALVES Y VIOLENCIA PSICOLOGICA tipificado en el articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y VIOLACION tipificado en el articulo 374 del Código penal en perjuicio de las Ciudadanas MIRIAN AURORA DA COSTA GOMEZ PEÑA, CARLA VANESSA IZQUIERDO Y TANIA GARGANO NAVARRO. Líbrense boletas. Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO
ABOG. MANUEL HERNANDEZ NATERA
EL SECRETARIO
ABOG. FRANCISCO CABRERA