REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-S-2008-001449
Vista la solicitud de Titulo de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana MARTHA DEL CARMEN MUÑOZ DE REINOZO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No V-8.227.188; debidamente asistida por el abogado en ejercicio Rafael Álvarez Farias, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 82.559; mediante la cual pide sea declarada tanto ella, como su madre, la ciudadana TEODORA DE JESUS CORDOVA DE MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° 1.189.919 y sus hermanos los ciudadanos: CARLOS JOSÉ MUÑOZ CORDOVA, MIGUEL JOSÉ MUÑOZ CORDOVA y JOSÉ JESUS MUÑOZ CORDOVA, todos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos: V8.215.639, V-8.232.063 y 8.295.136, respectivamente, Únicos y Universales Herederos, de su causante el de cujus JOSÉ JESUS MUÑOZ, quien hubiese sido en vida de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 542113, tal como consta en la partida de defunción Nº 276, expedida por el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, correspondiente al año 2.007, la cual riela al folio tres (03), de la presente solicitud.- Con vista de los recaudos acompañados consistentes en: Acta de defunción del de cujus JOSÉ JESUS MUÑOZ , Acta de Matrimonio de los ciudadanos: JOSÉ JESUS MUÑOZ y TEODORA DE JEUS CORDOVA, partidas de nacimientos de los hijos herederos, así como las declaraciones rendidas por los ciudadanos: MARIA DELMIRA VELIZ y FAIRE DIAZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: 8.640.774 Y 8.265.961, respectivamente, quienes comparecieron por ante este Juzgado en fecha 23 de abril de 2.008, manifestando bajo juramento que: Si conocieron de vista, trato y comunicación al de cujus JOSÉ JESUS MUÑOZ y que murió en fecha Nueve (09) de Septiembre de 2.007, que saben y les consta que murió en esta Ciudad de Barcelona y en esa fecha y que todos los nombrados son sus únicos y herederos.-
Este Tribunal, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a los ciudadanos: TEODORA DE JESUS CORDOVA DE MUÑOZ, MARTHA DEL CARMEN MUÑOZ DE REINOZO, CARLOS JOSÉ MUÑOZ CORDOVA, MIGUEL JOSÉ MUÑOZ CORDOVA y JOSÉ JESUS MUÑOZ CORDOVA, todos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos: 1.189.919, 8.227.188, 8.215.639, 8.232.063 y 8.295.136, respectivamente, Únicos y Universales Herederos, de su causante el de cujus JOSÉ JESUS MUÑOZ, quien tenía Cédula de identidad N° 524.113, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.-Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas.
Entréguense las presentes actuaciones originales a la parte interesada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
El Juez Titular,
Dr. Henry Agobian Viettri
La Secretaria Accidental,
Abog. Judith Moreno Sabino.
En esta misma fecha y constante de Diecisiete (17) folios, se devuelven originales las presentes actuaciones.,
La Secretaria Accidental,
Abog. Judith Moreno Sabino.