REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-M-2007-000310

Visto el contenido de la diligencia de fecha 04 de junio de 2008, presentada por la abogada Cecilia Villarroel Castro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 84.631, con su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del presente procedimiento y solicita la devolución del instrumento cambiario que cursa en autos en original, en consecuencia, el Tribunal HOMOLOGA el referido desistimiento hecho por la parte actora en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.- Se ordena la devolución del original del instrumento cambiario que corre inserta en la presente causa, previa su certificación en autos, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del mismo.-
El Juez Provisorio,


Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz.
La Secretaria,


Abg. Mirla Mata Rojas.
















JSGD/MMR/Merlyn.-