REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-V-2008-000963

Vista la anterior diligencia suscrita por los ciudadanos Bervely Lemus y Marcos Martínez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.931.994 y 14.190.803, respectivamente, asistidos por el abogado Rafael Cabrera, inscrito en el Inpreabogado con el N° 10397, mediante la cual desisten del procedimiento por Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra Venta, intentado en contra de la Empresa Desarrollos LM 2072, C.A.; el Tribunal HOMOLOGA el desistimiento presentado por la parte actora en fecha dieciséis (16) de junio de 2008, en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito, en consecuencia, se declara terminado el presente proceso, se ordena expedir copia certificada solicitada y asimismo se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ PROVISORIO,



Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,



Abg. MIRLA MATA ROJAS

En esta misa fecha se solicitan copias fotostáticas para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA,