REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-002197
Vista la solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos, presentado por los ciudadanos Reina María Valderrama de Escudero, Luisana Ramona Escudero, Gladys María Escudero, Pedro José Escudero, Vilma Teresa Escudero, José Rafael Escudero, Rafael José Escudero, José Manuel Escudero, Reina Margarita Escudero, Alberto Candelario Escudero y Astrid Andrea Escudero, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 456.007, 3.156.151, 3.854.340, 3.854.341, 4.267.259, 4.494.671, 4.494.672, 4.500.095, 8.305.297 y 8.330.127, todos de este domicilio, asistidos por la abogada Arabella Escudero, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.953, mediante el cual solicitan sean declarados como Únicos y Universales Herederos del de cujus Pedro José Escudero Herrera, quien falleció ad- intestato el día 15 de junio del año 2.006, en el Centro de Especialidades Anzoátegui C.A, Lechería, Municipio Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Jiner Simón Rodríguez García y Alfredo Hernández Blanco, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de Únicos y Universales Herederos del de cujus Pedro José Escudero Herrera, a los ciudadanos Reina María Valderrama de Escudero, Luisana Ramona Escudero, Gladis María Escudero, Pedro José Escudero, Vilma Teresa Escudero, José Rafael Escudero, Rafael José Escudero, José Manuel Escudero, Reina Margarita Escudero, Alberto Candelario Escudero y Astrid Andrea Escudero, antes identificados; dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
El Juez Provisorio
Abg. Jesús Salvador Gutiérrez Díaz.
La Secretaria
Abg. Mirla Mata Rojas.
JSGD/MMR/MGH