REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-M-2007-000324

Visto el Desistimiento presentado por la abogada Cecilia Villarroel Castro, inscrita en el Inpreabogado con el N° 84631, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad de Garantías Recíprocas para la Mediana y Pequeña Empresa del Estado Anzoátegui, S.A., en contra del ciudadano Ysaad Eliceo Ávila González, el Tribunal lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones por ella suscrito, en consecuencia, se declara terminado el presente proceso, se ordena la devolución del documento original cursante a los autos previa su certificación en autos; asimismo se suspende la medida de embargo decretada en la presente causa y se ordena el archivo del expediente.- Devuélvase.-
EL JUEZ PROVISORIO,



Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,


Abg. MIRLA MATA ROJAS

En esta misma fecha se solicitan fotostatos para proveer.- Conste,
LA SECRETARIA