REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : BP02-R-2008-000389
Visto el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Soagun Rafael Armas Tonito, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.906.598, asistido por el abogado Pedro Campos Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.335, en contra de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 25 de Septiembre del año 2005, el Tribunal, niega la apelación formulada por el referido ciudadano, en virtud de que este no es parte del juicio de Querella Interdictal Restitutoria intentado por el ciudadano Pedro Celestino Parababire en contra del ciudadano Wilmer Guaigua.- Asimismo es de hacer notar a la parte recurrente que en la causa antes señalada se cumplió con las notificaciones de las partes intervinientes en el referido proceso, tal y como se evidencia de las actas procesales que conforman el juicio en cuestión, específicamente en los folios 258 al 271, respectivamente.- Así se decide.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DIAZ.
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.
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