REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: BP02-S-2008-002451
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por el ciudadano Ángel Augusto Narváez Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.748.497, de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio María Muñoz Espinoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 95.493, mediante el cual solicita que tanto el como sus hijos los ciudadanos Ángel Augusto Narváez Nuñez, Ingrid José Narváez Nuñez, Ninoska Josefina Narváez Nuñez, Carmen Alicia Narváez Nuñez, José Gregorio Narváez Nuñez, Noraima Josefina Narváez Nuñez y Nora del Valle Narváez Nuñez, sean declarados como Únicos y Universales Herederos de la de cujus Nora Inés Nuñez Arcia, quien falleció ab- intestato el día veintinueve (29) de febrero del año 2008, en la ciudad de puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Laura Josefina Espinoza Morffe y Eudelio Celestino Muñoz, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles a los ciudadanos Ángel Augusto Narváez Rodríguez, Ángel Augusto Narváez Nuñez, Ingrid José Narváez Nuñez, Ninoska Josefina Narváez Nuñez, Carmen Alicia Narváez Nuñez, José Gregorio Narváez Nuñez, Noraima Josefina Narváez Nuñez y Nora del Valle Narváez Nuñez su condición de Únicos y Universales Herederos de la de cujus Nora Inés Nuñez Arcia, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
El Juez Provisorio,

Abg. Jesús Gutiérrez Díaz. La Secretaria,

Abg. Mirla Mata Rojas