REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: BP02-S-2008-002643

Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: ROSARIO YANEZ DE ISASI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.497.035, debidamente asistida por la Dra. MARIA EMILIA GAMBOA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.355, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: ANA TERESA MEDINA HERNANDEZ y DOLORES MATILDE MARCANO DE RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 2.796.830 y 2.804.333, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación a la solicitante; que conocieron a su difunto esposo GUSTAVO ROBERTO ISASI FUENTES; que les consta que el referido ciudadano falleció el 15 de Junio de 2007; que les consta que ROSARIO YANEZ de ISASI, y sus hijos MARIA ROSARIO ISASI YANEZ y GUSTAVO EFRAIN ISASI YANEZ, son los únicas y universales herederos de GUSTAVO ROBERTO ISASI FUENTES, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los ciudadanos, ROSARIO YANEZ de ISASI, y sus hijos MARIA ROSARIO ISASI YANEZ y GUSTAVO EFRAIN ISASI YANEZ, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante GUSTAVO ROBERTO ISASI FUENTES, dejando a salvo los derechos de terceros.
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria

Abg. Helen Palacio García
Abg. Marieugelys García Capella.
HPG/luyanny.