REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

ASUNTO: BP02-F-2008-000146

En el día de hoy, 09 de Junio de 2.008, siendo las Once de la mañana (11:00 a.m.), hora y fecha fijada por el Tribunal para que tenga lugar el Primer (1) Acto Conciliatorio en el presente juicio, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal bajo las formalidades de Ley, por el Alguacil del mismo, se declara el presente acto EXTINGUIDO de conformidad con el articulo 756 del Código Civil, por cuanto no compareció la parte demandante ni por si ni por apoderado judicial alguno se deja constancia que compareció la parte demandada, ciudadano: JAVIER JOSE ALCALA NUÑEZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.235.621, asistido por el abogado en ejercicio JULIO ALEXANDER AGUIELRA ROJAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 82.295. Así mismo se deja constancia la comparecencia de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público.

La Juez Suplente Especial,

Abog. Helen Palacio García.

El Cónyuge y su Abogado Asistente



La Fiscal del Ministerio Público,

La Secretaria,

Abog. Marieugelys García Capella.