REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001291
ASUNTO: BP12-S-2008-001291
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana: MARIA GOURETE GOMES DE FREITAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.185.739, domiciliada en la Calle Girardot Nº 15, de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido por le abogado RUBEN OMAR BISCOCHEA FRANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 4.192, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a expensas propias con dinero de su propio peculio en un terreno de propiedad Municipal, la Calle Girardot Nº 15, de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, que mide Quinientos Metros de largo por Trece Metros con Sesenta Centímos de ancho (500X 13,60 Mts), dando una superficie total de Seis Mil Ochocientos Metros Cuadrados (6.800 Mts2); cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE, ESTE y OESTE, con Terrenos Municipales; y SUR: Con Calle Girardot que es su frente.- Dichas bienhechurias consisten en una Casa construida de paredes de bloques de cemento, rejas y portones de hierro, y consta de tres (3) habaitaciones-dormitorios, una (01) Sala-comedor, Una Sala de baño y una cocina.- El valor invertido es por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ALNELLY ISAI SUAREZ CARASPE y MERILINDADEL VALLE VERACIERTA GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 16.676.674 Y 14.817.436, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MARIA GOURETE GOMES DE FREITAS, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ