REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, dieciséis de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-001091
ASUNTO: BP12-S-2008-001091
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana ISABEL CRISTINA MARTINEZ DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.982.384, domiciliada en la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistido por la abogada KATIUSKA MEJIAS LANDAETA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.143, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio en un terreno de propiedad Municipal, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con Carrera Via El Caris; SUR: Con vivienda de Asdrúbal Gonzalez; ESTE: Con Victorio Lachini; y OESTE: Con Yaritza Azacon; con una superficie de terreno que mide Setenta y Cinco metros (75 Mts) de frente por Trescientos Cincuenta Metros (350 Mts) de fondo, ubicada en la Via El Caris Nº 12 de ésta Ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui.- Las bienhechurias consisten de una vivienda construida de paredes de bloques de cemento, piso de cemento, techo de zinc, constante dos (02) habitaciones, una (01) Sala Comedor, Una (019 Cocina, Un (01) Baño.- El valor invertido es por la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos DENISSE JOSEFINA MARTINEZ GONZALEZ y MARIANA DE LOS ANGELES QUIJADA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 10.943.944 Y 13.498.454, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejercen la ciudadana ISABEL CRISTINA MARTINEZ DE RAMIREZ, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. KARELLIS ROJAS TORRES
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ