REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticinco de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-001638

Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano EUGENIO SEBASTIAN TRUJILLO DE LA HOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 13.969.326, de este domicilio, asistida por la abogada DENNYS SILVERA MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.615, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno municipal, ubicado en la Calle 32, casa Nº 32, Sector valle Guanipa, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, que mide aproximadamente 19,50 metros de frente por 32 metros de fondo, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa de Belquiez Maria Miranda Dugarte; SUR: Con casa de Julián Reyes, ESTE: Con Calle 32; y, OESTE: Con Callejón 32, que es su frente.- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por dos habitaciones, techo de zinc, paredes de bloque frisado y pintado, piso de cemento, una ventana de hierro, una puerta de hierro, cercada perimetralmente por sus costados con paredes de bloque de cemento.- El valor invertido es la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bsf. 4.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos JOSE LUIS LOPEZ y MILEIDYS JOSEFINA NORIEGA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 18.982.348 y 17.590.539, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce el ciudadano EUSEBIO SEBASTIAN TRUJILLO DE LA HOZ, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. KARELLIS C. ROJAS TORRES

LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ