REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticinco de junio de dos mil ocho
198º y 149º
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano JAVIER ALEXANDER DIAZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 20.547.694, domiciliado en La ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la Abogada ELIDA RIVAS ALFONZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 44.183, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias en un terreno propiedad del municipio, que mide una hectárea (1Has) de la Población Boca del Pao del Municipio Francisco de Miranda de Estado Anzoátegui, consistente de una Casa, alinderada de la siguiente manera; NORTE: Terreno del Señor Nelson Aray; SUR: Corresponde a su frente, carretera vía al Puerto El Guamar, ESTE: Terreno del Señor Linardo Ochoa, y OESTE: Casa y solar del Señor Cesar Tovar.- Dichas bienhechurias están construidas de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, con puertas y ventanas, solamente cercadas con alambre de púas y estantes de madera, constante de: una habitación, una sala-comedor, un baño y una cocina.- El valor invertido es por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,00), y teniéndose presente las declaraciones de los testigos ALCIDES RAFAEL CENTENO JARAMILLO y MARIA JOSEFINA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 10.063.198 y 12.678.067, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara Título Supletorio de Dominio sobre la propiedad que ejerce el ciudadano JAVIER ALEXANDER DIAZ HERNANDEZ, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abg. KARELLIS ROJAS TORRES.-
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-
KRT
ASUNTO: BP12-S-2008-001119